Euskadi registra la primera condena por acoso a una funcionaria en la vía laboral en España
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La jueza de lo Social advierte de que, según el Supremo, «la inexistencia de un plan de prevención que contemple los riesgos psicosociales» es incumplimiento de la normativa y tiene «especial incidencia en aquellas organizaciones fuertemente jerarquizadas, al ser un factor que aumenta la posibilidad de que sus mandos desarrollen conductas de maltrato susceptibles de generar alteraciones psíquicas en los subordinados».
Una jueza de Bilbao ha dictado la primera condena en España por acoso a un funcionario público basándose en la legislación laboral. Se trata de una vía más rápida y efectiva que la contenciosa, que era la única a la que tenían derecho hasta ahora los trabajadores de las administraciones -incluidos médicos, docentes, etc-, salvo que fueran personal contratado. La novedosa resolución, adoptada por la titular del Juzgado de lo Social número 2 de Bilbao, da la razón a una funcionaria de la Mancomunidad de Municipios de las Encartaciones que presentó una demanda contra ese organismo porque su puesto había sido despojado de contenido y solo le encargaban tareas «residuales», como registrar documentos y atender llamadas de teléfono, circunstancia que le originó cuadros de ansiedad y otras dolencias, y la obligó a permanecer de baja. La sentencia ordena a la mancomunidad, con sede en Zalla, que ponga fin a la situación de la demandante, que pedirá una indemnización por daños físicos y psíquicos, también en la jurisdicción laboral, según informaron sus abogados, Rosa Paraíso y Juan Ignacio Marcos, coordinador del Observatorio Vasco de Acoso.
El fallo, que es firme, ha sido posible gracias a una reforma procesal aprobada en diciembre de 2011 que permite a los funcionarios denunciar presuntos casos de ‘mobbing’ apoyándose en la normativa sobre riesgos laborales, una disposición que abre la puerta de la jurisdicción de lo Social. Hasta ahora los funcionarios públicos, a diferencia de los trabajadores de las empresas privadas, solo podían llevar el acoso por lo contencioso, lo que los abocaba a una tramitación lenta y les obligaba a enfrentarse no al supuesto acosador, sino a la Administración. Además, en ese terreno de juego el que pierde el pleito paga las costas, lo que disuadía a potenciales denunciantes.
Con los cambios procesales, el escenario ha cambiado. La funcionaria M.P.L., que se sentía víctima de ‘mobbing’ en la Mancomunidad de las Encartaciones, decidió acudir a un juzgado de lo Social y ha sido la primera que ha ganado el pleito. En su demanda alegó que se había vulnerado en su caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y que se desoyeron las recomendaciones del Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laboral (Osalan). En realidad, no era la primera vez que el problema de la mancomunidad acababa en los tribunales. M.P.L. había ganado otro juicio penal en 2011 por las injurias que le dirigió su superior jerárquica, una secretaria que fue condenada a veinte días de multa por el juzgado de paz de Zalla, resolución confirmada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Balmaseda.
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Fuente: Diario Vasco