Artículo 4. Supresión del organismo autónomo Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia (ISSL).
1. Se suprime el organismo autónomo Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia, siendo sus funciones asumidas por la consejería competente en materia de seguridad y salud laboral.
2. El personal adscrito al organismo autónomo Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia pasa a depender de la consejería competente en materia de seguridad y salud laboral.
3. Los bienes adscritos al organismo autónomo Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia se incorporarán al patrimonio de la Comunidad Autónoma.
¿Crees que otros institutos de seguridad y salud laboral de otras comunidades seguiran el mismo camino?