Unos 3.000 trabajadores de centros residenciales de Castilla y León podrían beneficiarse de una decisión de la Inspección de Trabajo de Soria, que parte de una denuncia de CSI-F, que exige a la Gerencia Territorial de Servicios Sociales contar con diez minutos de aseo personal, al finalizar la jornada laboral, a los empleados con riesgo de estar expuestos a agentes contaminantes biológicos.
La aplicación de esta medida podría afectar al personal sanitario, fisioterapeutas, cuidadores o de servicios de los centros residenciales de Castilla y León, similares a los dos sorianos, sobre los que se ha posicionado la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Soria, tras recibir una denuncia de CSI-F en febrero de 2014. En este caso, los dos centros son de la Junta de Castilla y León, pero la decisión podría ampliarse a los de otras administraciones, como las diputaciones provinciales.
La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Soria considera que, de acuerdo con las evaluaciones de riesgos laborales de los centros de educación especial CAMP-CO Ángel de la Guarda y de la residencia de mayores Los Royales, existen riesgos objetivos de exposición a posibles agentes contaminantes biológicos como orina, sangre o heces, consecuencia de la atención a los residentes, de la manipulación de utensilios y ropa o de la realización de diversos servicios.
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F) de Soria presentó en octubre de 2013 un escrito en el Comité Provincial de Seguridad y Salud y en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de la Junta, solicitando la concesión de ese tiempo de diez minutos para aseo personal antes de la comida y al terminar el trabajo, dentro de la jornada laboral, para los dos centros mencionados.
Posteriormente, el 10 de enero de 2014, una trabajadora del centro CAMP-CO Ángel de la Guarda, asesorada por CSI-F, comunicó a la Gerencia Territorial de Servicios Sociales y a la directora del centro, su intención de hacer uso de los diez minutos de aseo personal que señala el artículo 7.2 del R.D. 664/1997.
El gerente territorial de Servicios Sociales de Soria denegó la medida solicitada y la respuesta llevó al sindicato independiente a presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo. El pasado 21 de mayo, la Inspección de Trabajo elevó a definitiva y firme el requerimiento a la Junta, para aplicar el derecho que reconoce el artículo 7.2 del R.D. 664/1997.
La Inspección respondió que la existencia –lógica- de otras medidas universales higiénicas y de prevención, en el desarrollo de la actividad de los centros, no implica que no haya que aplicarse el artículo que hace alusión al derecho de tener diez minutos para aseo personal, al finalizar la jornada laboral, si se dan las condiciones de exposición a agentes contaminantes biológicos que señala la norma, como ocurre en este caso.
CSI-F insiste en que la prevención de riesgos y la seguridad laboral en la administración pública es una prioridad para el sindicato independiente, que refleja también la calidad del servicio. Por ello, CSI-F resalta el incremento de actividad sindical en este campo de la prevención, y el seguimiento de protocolos y hábitos en el trabajo, para evitar esos posibles riesgos laborales.
Fuente: ABC