La víctima de aquel accidente laboral sufrió graves quemaduras en buena parte de su cuerpo y no ha podido volver a trabajar desde entonces.
Más de diez años después de este accidente, el Juzgado ha condenado a los tres acusados, que ocupaban puestos de responsabilidad en el control de esa planta, por un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones por imprudencia. El fallo les impone además 6 meses de inhabilitación para “el ejercicio de la condición de jefe o encargado de personal” y el pago de las costas procesales.
La víctima, que trabajaba como montador electricista, había sido designado para acompañar a operarios de otra empresa que habían acudido a la planta para el “mantenimiento y reparación de un arrancador de bomba”. En el habitáculo donde se había producido la avería, este empleado realizó la tarea “consistente en desconectar un disyuntor en un cuadro eléctrico”. “Al accionar el mecanismo”, se desató la explosión que le ha dejado importantes secuelas.
El fallo señala que electricista realizó ese encargo “desprovisto de cualquier equipo de protección individual que garantizara su integridad física, tales como ropa ignífuga, guantes, careta protectora y botas específicas”, relata la sentencia. De hecho, como recoge el propio fallo, la empresa terminó adquiriendo uniformes ignífugos después del trágico suceso.
Tal como expone el fallo, la explosión causó a este electricista quemaduras de segundo y tercer grado en el 60% de su cuerpo, “con pérdida de grandes extensiones cutáneas”, principalmente en el vientre, el lado derecho del tórax, los brazos y la cara. Tuvo también “otras pérdidas cutáneas”, consecuencia de los injertos que necesitó.
Otra de las consecuencias que sufrió fue la “pérdida de masas musculares” debido a las lesiones de esas quemaduras, lesiones en los tendones “por efectos secundarios del calor y las retracciones de cicatrización”, lesiones “nerviosas en las terminaciones sensitivas”, a causa tanto del calor como de los injertos. Para recuperarse, señala la sentencia, pasó 75 días ingresado y precisó hasta 5 operaciones. El fallo expone también que el afectado necesitó hasta 563 días hasta que se estabilizaron algunas lesiones.
Y, a pesar de ese tiempo de recuperación y de las intervenciones quirúrgicas, el perjudicado tiene a día de hoy importantes secuelas. El fallo alude, entre otras, a una reducción de la movilidad de entre el 30 y el 40% de “casi la totalidad de los dedos de ambas manos” o la “disminución de la movilidad global del miembro superior derecho”, además de un “perjuicio estético considerable”. Ampliar información