El ruido es especialmente significativo en empresas de fabricación de aceite de oliva “almazaras”.Según la Agencia de Información y control alimentarios, en la actualidad existen en España 1.761 almazaras, distribuidas por 13 CCAA., siendo Andalucía donde se concentra el mayor porcentaje (45%). A su vez el 40% de las ubicadas en esta Comunidad Autónoma se encuentran en Jaén. A dicha región y provincia les corresponden, respectivamente, el 77% y el 32% de producción, referidos al total nacional.
Durante el proceso de fabricación del aceite de oliva, hay tareas en las que podemos identificar el ruido como un riesgo al que están expuestos los trabajadores de este tipo de empresas. Normalmente el ruido esta localizado en varios puntos de la empresa, donde el ruido alcanza valores superiores y afecta a determinados trabajadores.
Según la Agencia Europea para la seguridad y salud en el trabajo, la exposición al ruido puede conllevar más de un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores como pérdida de audición, efectos fisiológicos (efectos sobre el sistema cardiovascular), estrés y aumento de accidentes de trabajo por la dificulta de escucha y comunicación de personal.
Este tipo de empresas, en los últimos años, han sufrido cambios en sus instalaciones y por ende en sus equipos con el objeto de mejorar su sistema productivo. Pero con la incorporación de nuevas tecnologías en sus equipos de trabajo, ¿se mejora las condiciones laborales desde el punto de vista de la seguridad y salud de los trabajadores?
En definitiva, se propone las siguientes medidas preventivas para el sector:
- Evaluación de la exposición al ruido
La evaluación y medición se realizará cada año en los puestos de trabajo en los que se sobrepasen los valores superiores de exposición que dan lugar a una acción, o cada tres años cuando se sobrepasen los valores inferiores de exposición que dan lugar a una acción.
A pesar de que en las nuevas instalaciones toda la maquinaria es nueva y de alta tecnología, el nivel de ruido sigue teniendo valores de nivel de sonorización altos. Por lo que en este sentido se debería investigar para rebajar el nivel de sonorización de las maquinarias.
Otra posibilidad es encapsular algunos equipos como las centrífugas y molino de martillo para aislar el ruido.
Adecuado mantenimiento de la maquinaria según el manual de fabricante.
Señalización del ruido según RD 1403/86 del uso obligatorio de protección auditiva.
Modificación de las instalaciones de sala de molturación de la almazara. El campo sonoro habitual de una almazara causado por fuentes de una emisividad semejante uniformemente distribuidas, se caracteriza por la predominancia del sonido directo sobre el reflejado, por lo que en general la atenuación sonora que se consigue mediante el uso de absorción acústica es baja, no obstante esta medida puede ser altamente recomendable cuando, como en el caso que nos ocupa, se está a niveles próximos a los límites especificados por el RD 286/2006.
La elección del material absorbente deberá estar relacionada con los espectros de emisión sonora de la maquinaria. Por otra parte aspectos de tipo no acústico, tales como el alto grado de humedad asociado al proceso extractivo, así como la relativa “suciedad” del mismo desaconsejan ciertos materiales que para otros usos y condiciones son excelentes. Actualmente existen en el mercado lamas de PVC alveolado o rígido, impermeables y lavables con buen uso en parámetros verticales, así como paneles de resina de melamina, lana mineral o de roca, aptas para uso suspendido de techos (Medina Chamorro & Ochando Vidal, 1998).
Al inicio de la campaña los trabajadores reciban formación sobre los riesgos de exposición al ruido, así como la utilización de equipos de protección individual.
Así como, información acerca de los riesgos de exposición al ruido.
El empresario deberá continuar suministrando los equipos de protección individuales, así como información y formación de uso, mantenimiento de los mismos, según lo establecido en RD 773/1997.
Elección adecuada del equipo de protección para cada tarea.
Reconocimientos individuales cada inicio de la campaña, según artículo 11 del RD 286/2006 y art. 22 de la le 31/95.
Participación de los trabajadores.
En las zonas de la empresa donde el nivel equivalente LAeq,T(media) es superior al valor límite de exposición debería de realizar un cambio organizativo para reducir el tiempo de exposición de los trabajadores en estas zonas y mejorar así sus condiciones de trabajo. Para ello se podría establecer turnos de trabajo rotativos para que los operarios disminuyan su tiempo de exposición en estas zonas.
Descansos en zonas silenciosas.
El uso de protección frente al ruido será obligatorio en todas las zonas en que así está indicado mediante la correspondiente señalización (Soriano Serrano & Rubio Romero, Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales en Almazaras de Aceite de Oliva, 2012).
Cuando esté en una zona no se puede quitar la protección (Soriano Serrano & Rubio Romero, Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales en Almazaras de Aceite de Oliva, 2012).
El EPI seleccionado será el más adecuado para cada circunstancia y, por tanto, ofrecerá el nivel de protección para el que ha sido creado y ensayado. (Martinez, 2014).
La utilización incorrecta o durante un tiempo insuficiente, provoca que la atenuación, en realidad, sea menor (a menudo mucho menor), que la calculada. (Bernal Dominguez, Castejón Vilella, Cavallé Oller, & Hernandez calleja, 2008).
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