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Seguridad en el Trabajo


  • diorgar
    Participante
    diorgar

    Hola a todos,
    tengo intención de definir en un almacén un área específica donde colocar los cargadores de las carretillas utilizadas en almacén, de modo que ese espacio quede reservado para la carga de carretillas y toros cuando no estén trabajando. Entiendo que al ser cargadores que se enchufan a la máquina y que a su vez están enchufados a la red eléctrica de la nave no les aplica la NTP 617, así que aparte del RD 2267, RPCIEI, ¿existe alguna NTP o normativa que haya que tener en cuenta?
    Gracias por adelantado.


    Jordi Ballesta Castro
    Participante
    Jordi Ballesta Castro

    la NTP 714 de carretilas dice textualmente: La zona de carga de baterías debe estar exenta de focos de ignición. La instalación eléctrica será la prescrita según las ITC-BT 29 y 30 del vigente REBT del RD 842/2002.La zona de carga de baterías debe estar bien ventilada
    En esa NTO y la NTP 715 vienen varias referencias a normas UNE que te pueden ser de utilidad.
    Espero que te sirva.

    Saludos,

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