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Higiene Industrial


  • Prevencionator
    Participante
    Prevencionator

    Hola amigos ¿qué método me recomiendas para evaluar la exposición a campos electromagnéticos de baja frecuencia?

    Gracias


    JAVIER ANIES
    Participante
    JAVIER ANIES

    En este momento la referencia para la evaluación de los campos electromagnéticos de baja frecuencia que afectan a los trabajadores sería la directiva europea 2004/40. En el corto plazo ésta será sustituida por un nuevo texto. En cualquier caso los criterios técnicos de protección que se adoptan por casi todos los paises son los que publica ICNIRP, y para baja frecuencia la referencia es la siguiente:
    Guidelines for Limiting Exposure to Time-Varying Electric and Magnetic Fields (1 Hz – 100 kHz). Health Physics 99(6):818-836; 2010. No creo que todavía exista una traducción al castellano. Una de los aspectos más importantes es el de los valores límite que se establecen. Así de forma muy simplificada utilizando el equipo de medida adecuado, y con los procedimientos de medida y valoración se podría cuantificar la exposición.
    Una simplificación se puede realizar teniendo en cuenta la fuente generadora de campos electromagnéticos y si se considera suficientemente potente como para que pueda implicar exposiciones clasificables de nocivas. Por ejemplo la alimentación eléctrica de un equipo de trabajo de 2000 watios, se puede asegurar que no va a comportar superaciones de límite y por tanto no se debería considerar relacionada con exposición a campos electromagnéticos.

    La respuesta puede ser muy larga per el tema es bastante complejo y genérico.


    fercid28
    Participante
    fercid28

    La exposición de los trabajadores a radiaciones electromagnéticas está regulada en la UE por la Directiva 2004/40/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de los agentes físicos (campos electromagnéticos) (decimoctava Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE). Aunque en España todavía no ha sido traspuesta a legislación nacional, de hecho la misma Unión Europe ha ampliado el plazo para la retrasposición de esta legislación por la dificultad de implantarla, sobre todo a nivel de equipos médicos.

    Me gustaría hacer dos reflexiones en referencia a las preocupaciones de muchos trabajadores por trabajar cerca de antenas de móviles o por el uso de equipos informáticos.

    Comentar que esta directiva es, en la mayoría de las emisiones 4 veces menos restrictiva que la legislación medioambiental, por ejemplo la referida a la estaciones de emisión de radiofrecuencias (REAL DECRETO 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas. BOE núm. 234 de 29 de septiembre).

    Las emisiones de servidores, ordenadores, etc se producen a 50 Hz, debido a la corriente eléctrica. Estos aparatos, considerados domésticos están sujetos a la obligatoriedad de informar en caso de que puedan producir emisiones por encima de los valores límite, según el RD 1644/2008. Como esto no ocurre podemos afirmar que no hay ningún peligro en las emisiones radioeléctricas producidas por los aparatos “domésticos”.

    Para más información podemos consultar los informes del Mº de Sanidad y del Mº de Industria.

    Saludos

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