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Seguridad en el Trabajo


  • imalix
    Participante
    imalix

    Estoy elaborando un check list sobre coordinación de actividades empresariales y me gustaría tener claro que es lo que hay que pedir. Alguna ayuda

    Muchas gracias.


    PRLWorld
    Participante
    PRLWorld

    En la nueva Guía del RD 1627/1997 hablan de:

    Los empresarios (contratistas o subcontratistas) y los trabajadores autónomos que intervengan en una obra están obligados a cooperar entre sí en la aplicación de la normativa de prevención de riesgos laborales intercambiando información y estableciendo los mecanismos de coordinación que sean necesarios, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la LPRL, y en el RD 171/2004 que lo desarrolla. El coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra tiene, entre sus funciones, la de organizar dicha coordinación, iniciándola, impulsándola, articulándola y velando por su correcto desarrollo, en estrecho contacto con el o los contratistas.

    Uno de los mecanismos que el coordinador podrá utilizar para articular dicha coordinación es la convocatoria de reuniones entre las empresas y trabajadores autónomos que intervengan en la obra. En este sentido, es aconsejable dejar constancia documental de lo tratado en las mismas. El objetivo principal de estas reuniones será el establecimiento de métodos de trabajo conjuntos en los que la prevención de riesgos laborales esté integrada en cada una de las actuaciones planificadas. De este modo se podrán programar y planificar los trabajos con un control efectivo de los riesgos derivados de la concurrencia de actividades y de empresas, incluidos los trabajadores autónomos, en la obra de construcción.

    Además del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, el resto de componentes de la dirección facultativa deberá tener conocimiento de los asuntos tratados en estas reuniones.

    Cuando las obras se efectúen en centros de trabajo cuyas actividades sean distintas a las de construcción propiamente dichas, y se mantengan operativas durante la ejecución de la obra, la coordinación deberá realizarse en colaboración con la empresa titular del correspondiente centro de trabajo.


    Alejandro
    Participante
    Alejandro

    Respecto a la nueva Guía técnica (GT) para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción.
    Comentario al Apéndice 1: Coordinación de actividades empresariales y recurso preventivo en las obras de construcción.

    COORDINACIÓN DURANTE LA REDACCIÓN DEL PROYECTO.
    La integración efectiva de la prevención aludida en la GT sigue sin justificar la necesidad de nombrar a un coordinador de seguridad durante la fase de proyecto.
    La colaboración entre Arquitectos viene dándose desde hace siglos sin haber sido necesario, por norma, el nombramiento de un coordinador. ¿Por qué hay que nombrar ahora a un coordinador de seguridad para la redacción de un documento de menor complejidad y envergadura que el mismo proyecto?

    COORDINACIÓN DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA.
    En su afán de colocar al Contratista como centro de la prevención, la GT no duda en contradecir los principios de la propia norma. Por ello hay que advertir:
    a) El CSS puede y debe organizar la coordinación de actividades empresariales, con independencia de las funciones que le puedan corresponder al Contratista como empresario principal.
    b) Las empresas subcontratistas y los trabajadores autónomos actúan coordinados por el CSS y no por el Contratista; la norma ha otorgado al CSS la obligación de esta coordinación. De haber sido de otra manera, la intervención del CSS sería necesaria sólo cuando concurriesen varios contratistas.
    c) Al coordinar a todos los intervinientes, el CSS puede dirigirse a cualquiera de ellos sin que el Contratista tenga que ser el “canal de información entre el promotor y cada una de las empresas y trabajadores autónomos que dependan de dicho contratista.”

    EL RECURSO PREVENTIVO.
    La introducción de este Apéndice 1 presenta la nueva figura del Recurso Preventivo (RP) relacionándola “directamente con la coordinación de actividades empresariales”, cuando su cometido es sólo de VIGILANCIA.

    El redactor de la GT señala que hay que informar al contratista, excluyendo al CSS, tanto en el caso en que tras el cumplimiento de las instrucciones dadas al RP no se corrigieran las deficiencias detectadas, como en el caso en que la vigilancia del RP observara una ausencia, insuficiencia o falta de adecuación de las medidas preventivas. A pesar de que en ambos casos es posible que sea necesaria la aprobación del CSS de las nuevas medidas a aplicar.

    Puesto que la GT señala que “no cabe la posibilidad de designar un recurso preventivo para toda la obra de construcción a modo de “vigilante integral” del conjunto de actividades”, el CSS puede exigir antes de la aprobación del PSS, que éste contenga una planificación de los recursos preventivos estableciendo los riesgos por los que será necesaria su intervención, así como los tiempos y los lugares donde será necesaria su presencia.

    Un saludo a todos.


    Webmaster
    Participante
    Webmaster

    Por si te sirve de ayuda, alguna de la documentación a tener en cuenta:

    -1º si se ha comunicado al SP la actividad (si es posible de forma previa, y en fase de proyecto, con objeto de poder aplicar medidas de concepción, más eficientes que las aplicables a posteriori).

    -Si actuamos como empresario principal (propia actividad) o como titular.
    -Si se requiere coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución del proyecto.
    -Identificación del contratista, subcontratas y autónomos que van a intervenir en la obra. Control del nivel de subcontratación.
    -Si se requiere la presencia de recursos preventivos. Identificación de cada uno de ellos, y justificante del nivel básico adquirido.
    -Si existe PSS y tiene el visto bueno del coordinador (si es obra en la Administración Pública, el visto bueno del órgano competente).
    -Si se ha comunicado apertura del Centro de Trabajo.
    -En relación a los trabajadores intervinientes: (Principal): Listado de trabajadores por empresa y/o autónomos. Si se les ha informado sobre los riesgos existentes, nivel de formación mínimo en materia de PRL, constatación de examen de salud inicial y aptitud hacia el mismo (no vale que nos justifiquen que se les ha citado, hace falta el resultado, ya que aquí no cabe renuncia expresa del trabajador, al ser obligatorio), y justificación de entrega de epis.
    -Si todas las partes se han comunicado los riesgos (al menos los que puedan derivar de daños graves deberán haberse comunicado por escrito). Preferible, reunión de coordinación previa con visita a las obras, con levantamiento de acta.
    -En relación a los equipos de trabajo: listado de los que se van a emplear en la obra, disponibilidad de documentación relativa a inspecciones/revisiones periódicas obligatorias por normativa industrial en su caso; marcado CE o certificado de adecuación al 1215/97 (no se aceptará esto último para equipos fabricados a partir del 1/1/95); autorización a trabajadores que van a utilizar los equipos en su caso…

    El listado anterior no es exhaustivo, ya que te lo he indicado de cabeza, según recuerdo, pero seguramente faltan algunas cosillas más, relacionadas con la existencia o no de proyecto, licencia de obras, libro de incidencias, etc.).

    http://prevention.dlinkddns.com

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