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Portada Foros Higiene Industrial Cubierta de uralita (fibrocemento) y amianto

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Higiene Industrial


  • diorgar
    Participante
    diorgar

    Buenos días,
    en unas obras de remodelación del interior de unas naves tienen pensado dejar la uralita de la cubierta, aludiendo a que únicamente se va a tocar el interior y la fachada. Sin embargo, debido a la obligatoriedad de instalar energía solar térmica para agua caliente y calefacción, sí que tienen que colocar paneles solares en la cubierta. Hasta donde yo sé sí que la ley obliga a cambiar la uralita al final de su vida útil (que no tengo muy claro cuando es), pero… y esta es mi pregunta ¿hay alguna ley que obligue a sustituir la uralita en cualquier reforma que se haga en las naves, independientemente de que se reforme la cubierta o no?
    Gracias por anticipado.


    nest
    Participante
    nest

    hola buenas noches… estoy aprendiedo de la materia estos dias en la facultad.
    pero por lo que he visto y escuchado.
    las empresas que tengan instalaciones con MCA, si este está en buen estdo identificarlo para que se sepa que está ahí y su riesgo, si está en mal estado ha de ser eliminado y sustituido si por otro material,mediante una empresa que esté en el RERA.

    asi que no creo que sea obligado si no está en mal estado, un ejmplo es el aeropuerto de la isla del hierro, islas canarias, se han cambiado las tejas por la erosción del mar, sin embargo las planchas con contenido en amianto que se encuentran debajo no han sido sustituidas, han actuado siguiendo un procedimiento de trabajo cuidadoso y ahí ha quedado.
    otro ejmplo es el hospital general de la isla de la palma,se han cambiado tb las tejas y las placas siguen debajo


    nest
    Participante
    nest

    disculpa las palabras inventadas, al escribir rápido me como letras o las mezclo


    diorgar
    Participante
    diorgar

    Tomo nota. Muchas gracias.


    shuertasrios
    Participante
    shuertasrios

    Estoy de acuerdo con Nest, lo que ocurre es que al final es una decisión controvertida y la última palabra la tendrá el Inspector de turno, asesorado por los técnicos.
    En principio, si las cubiertas están en buen estado y en los trabajos que se realicen se toman todas las medidas adecuadas para controlar los riesgos, no debería ser obligatorio, bajo mi punto de vista, su sustitución. Eso sí, si puede haber exposición a amianto, durante los trabajos, se deberá realizar y presentar con anterioridad al inicio de los mismos a la autoridad laboral un plan de trabajo y cumpliendo todos los requisitos establecidos en el RD 396/2006:

    http://www.asepeyo.es/apr/apr0301.nsf/BIBWV03_SP/6176F493E0C4F95DC125715400412598?OpenDocument&&TipoMenu=N&NIVELLS=3

    Para más información:

    Guía Técnica del INSHT sobre amianto:

    http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Normativa/GuiasTecnicas/Ficheros/Gu%C3%ADa%20T%C3%A9cnica%20Exposici%C3%B3n%20al%20Amianto.pdf

    Caso práctico multimedia sobre desamiantado:

    http://prevencion.asepeyo.es/apr/apr0301.nsf/BIBWV00_SP/C27C6FC98A8A7ED1C12578BE002AA1ED?OpenDocument&&TipoMenu=N&NIVELLS=3

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