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Portada Foros Seguridad en el Trabajo EVALUAR EN CESION DE EQUIPOS/PRESTACION DE SERVICIOS

  • Este debate tiene 1 respuesta, 2 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 7 años por yanou.
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Seguridad en el Trabajo


  • josem.montes
    Participante
    josem.montes

    Hola! Trabajo en un Servicio de Prevención Ajeno, y me han surgido varias dudas que necesito aclarar cuanto antes, por lo que me gustaría que me echaseis una mano. Las dudas son las siguientes:

    1ª) En el caso de una empresa de agricultura que tiene contratado un Servicio de Prevención Ajeno, y que solo dispone de fincas donde se lleva a cabo la actividad, pero no dispone de equipos de trabajo ni maquinaria, ¿su Servicio de Prevención Ajeno qué debe evaluar en la evaluación de riesgos?

    2ª) Si dicha empresa dispone de un contrato de prestación de servicios, bien con otra empresa bien con un autónomo, y por tanto, los equipos y maquinaria son de esta empresa o autónomo que le presta el servicio, ¿quién tendría que identificar y evaluar los riesgos de esos equipos y maquinaria, tanto en el caso de ser una empresa de servicios como en el caso de tratarse de un autónomo?, es decir, ¿tendría que identificar y evaluar los equipos y maquinaria el Servicio de Prevención Ajeno de la Empresa que recibe los servicios, o tendría que hacerlo la empresa o autónomo que presta el servicio?

    3ª) Por otra parte, si no se dispone de un contrato de prestación de servicios, sino que a la empresa simplemente le ceden la maquinaria (ya sea una empresa, un autónomo, un familiar, etc.) y, por tanto, se ha llevado a cabo por escrito un contrato de cesión de equipos de trabajo, firmado por ambas partes y donde se identifican los equipos y maquinaria, ¿quién tendría que evaluar los riesgos de estos equipos? es decir, ¿los equipos tendrían que estar evaluados dentro de la evaluación de riesgos de la empresa que “recibe” los equipos, o en realidad los tendría que tener evaluados en su evaluación la empresa o persona que “cede” los equipos?

    Espero que me podáis ayudar a solventar estas dudas tan pronto como sea posible, ya que me urge bastante.

    Muchas gracias. Un cordial saludo.


    yanou
    Participante
    yanou

    1) Sencillita: Se evalúan los riesgos a los que están sometidos los trabajadores, independientemente de que tengan equipos de trabajo o no, ellos realizan un trabajo con unos riesgos a evaluar.

    2)Un empresario tiene que evaluar los riesgos de todos los equipos que pone a disposición de los trabajadores, ya sean propios, de terceros, o que vengan de Marte 😉

    3)Ídem.

    Mi consejo es que el cedente tenga por contrato que debe proporcionar toda la información correspondiente de la maquinaria para poder garantizar la seguridad de los trabajadores que van a utilizarla, porque así, a ojo de buen cubero, resulta que algunos riesgos son imposibles de evaluar sin revisar la documentación asociada (planos, certificado de conformidad con determinada normativa… etc) No aceptéis maquinaria sin marcado CE, lo cual se deberá reflejar también por contrato.

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