ad
ad
ad

Portada Foros Seguridad en el Trabajo ¿externalizar la prl o asumirla internamente?

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)

Seguridad en el Trabajo


  • Pablo Gonzalez-Costea
    Participante
    Pablo Gonzalez-Costea

    Estimados Amigos:

    Trabajo en un grupo de empresas (5 empresas), tenemos externalizada la prevención en todas las empresas. Recientemente hemos constituido otra empresa en la que actualmente sólo hay dos trabajadores.

    Yo soy técnico Superior en PRL

    ¿Puedo llevar directamente yo la prevención de esta empresa de dos trabajadores?

    Entiendo que la vigilancia de la salud la tengo que externalizar.

    En una empresa de dos trabajadores además de los reconocimientos médicos ¿hay que hacer una planificación de actividades sanitarias?

    Muchas gracias por vuestra colaboración.


    imalix
    Participante
    imalix

    Hola, te intento responder:

    1.- Tú puedes asumir la actividad preventiva siempre que pertenezcas a la empresa o que creeis un mancomunado (!ojo con los recursos humanos y materiales!)

    2.- La planificción de la actividad sanitaria te la deberá realizar el SPA

    Un Saludo
    Imalixprl


    Pablo Gonzalez-Costea
    Participante
    Pablo Gonzalez-Costea

    Gracias por tu contestación Inmaculada.

    Tengo otra pregunta:

    Yo tengo sólo la especialidad de seguridad en el trabajo, mi empresa no es de entorno industrial, es una empresa de proyectos de ingeniería y arquitectura, trabajo de despacho.

    Una vez que tenga elaborado la siguiente documentación:

    Programación de actividades técnicas
    Planificación de la actividad preventiva
    Evaluación de riesgos laborales
    Plan de prevención de riesgos laborales
    La formación e información a los trabajadores

    ¿La puedo firmar yo como Tco en PRL aunque sólo tenga una especialidad (seguridad)?

    ¿Hay que registrar la documentación o pasar alguna certificación para validarla?

    Muchas gracias


    Pearl Jam
    Participante
    Pearl Jam

    Vamos a ver, si en las 5 empresas dispones SPA… esta nueva empresa deberías de gestionarla a través de SPA, puesto que en principio y según indicas no perteneces a esa empresa por lo que no cabe la opción de trabajador designado (siendo tú ese trabajador) por lo que no puedes gestionarla tú, al menos de forma legal.

    No por tanto, y te respondo a tu segunda pregunta (en tu caso concreto) no puedes firmar la documentación puesto que no eres el técnico de prl de la empresa…


    josepiedra
    Participante
    josepiedra

    Estimado Pablo

    Estoy deacuerdo con Pearl Jam en que lo mas sencillo es que todo lo gestione el SPA, aunque analizando el trabajo de estos; que habitualmente deja bastante que desear, yo me pensaria la posibilidad de constituir un SPA mancomunado.

    Un Saludo

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)

Debes estar registrado para responder a este debate.

Ir al contenido ¡Haz clic para escuchar el texto resaltado!