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Seguridad en la Construcción


  • Alfonso Cortés
    Participante
    Alfonso Cortés

    Si mañana se derogase el RD 1627 seguirían los promotores contratando coordinadores de seguridad? Por qué?


    Pilar1355
    Participante
    Pilar1355

    Si felizmente el RD 1627 se derogase, el promotor de obras de edificación no podría hacer nada ante la nueva normativa que surgiera, por no tener actualmente ni él ni sus técnicos, REPRESENTACIÓN en la Comisión Nacional… En cuanto a las CONSULTAS al promotor, ni se han hecho, ni se las espera (Guía Técnica: EL IRSST de Madrid plantea el mayor número de temas a votar, pero este mismo IRSST no se ha molestado en dirigir previamente una carta, por ejemplo al Colegio de Arquitectos, preguntando si tienen algo que decir al respecto… ¡el IRSST lo sabe y lo ve todo!).

    En cualquier caso, se llame coordinador o no, el promotor buscaría al técnico en edificación mejor formado en prevención, es decir HABRÍA DE SER UN PREVENCIONISTA, para que lo representara frente al contratista.
    Este prevencionista debería saber diseñar la prevención que quiere desarrollar en su obra y además debería estar al mando de la seguridad, de tal manera que siguiendo leyes tan evidentes como la de la gravedad, el contratado (CONTRATISTA) estuviese controlado en todo momento por el contratador (PROMOTOR).

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