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Portada Foros Seguridad Industrial y Emergencias MERCANCÍAS PELIGROSAS EN TRANSPORTES PARTICULARES, EXENCIONES.

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Seguridad Industrial y Emergencias


  • virginiap
    Participante
    virginiap

    Buenos días,

    Mi consulta es la siguiente: ¿sería posible transportar botella de acetileno de 7 kg en una furgoneta particular sin que sea considerado transporte de mercancía peligrosa? Y si fuera así, ¿de qué manera debería realizarse el transporte?
    Gracias de antemano y un saludo,
    Virginia P.


    Mastinguer
    Participante
    Mastinguer

    El ADR no será aplicable:
    c) Al transporte efectuado por empresas de modo accesorio a su actividad principal, tal como aprovisionamiento de canteras, obras,… o para el trayecto de retorno desde estas obras o para trabajos de medición, DE REPARACIONES Y DE MANTENIMIENTO, en cantidades que NO SOBREPASEN 450 litros por envase. Ejem. (empresa de reparaciones de aparatos de frio, que lleva 1 bombona para realizar trabajos de soldadura).
    PARCIALMENTE: sin sobrepasar las cantidades máximas totales especificadas en la sección 1.1.3.6.

    IMPORTANTE: Tiene que cumplirlo los transportes efectuados por dichas empresas PARA SU APROVISIONAMIENTO O SU DISTRIBUCIÓN EXTERIOR O INTERIOR.
    Ejem (empresa que se traslada a una empresa que vende botellas de oxígeno, para abastecerse y llevarlas hasta su local).

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