shuertasrios 22 enero, 2013 a las 12:01 #42469
En el art. 11 del RD 396/2006 sobre amianto se indica que los planes de trabajo los deberá elaborar el empresario, siendo éste el responsable de su aplicación.
Hay partes de plan de trabajo, os procedimientos como se realizarán las tareas, descripciones del trabajo a realizar, tipo de material sobre el que se trabajará, fechas de realización de trabajos, medidas preventivas, etc. que son relativamente sencillos de plasmar en el plan y , más aun, si cuenta con la colaboración de expertos de la empresa.
El problema es que también se debe realizar una evaluación de riesgos que incluya mediciones, y esta tarea, según lo establecido en el art. 5 del RD 396/2006:
“Las evaluaciones de riesgos deberán efectuarse por personal cualificado para el desempeño de funciones de nivel superior y especialización en Higiene Industrial, conforme a lo establecido en el capítulo VI del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero”.
Por ello, si el empresario o algún trabajador de la empresa no cumple con estos requisitos, la empresa deberá contratar con un servicio de prevención ajeno, que muchas veces acaban haciendo el plan de trabajo.
Caso práctico multimedia sobre desamiantado:
http://prevencion.asepeyo.es/apr/apr0301.nsf/BIBWV00_SP/C27C6FC98A8A7ED1C12578BE002AA1ED?OpenDocument&&TipoMenu=N&NIVELLS=3