JAVIER ANIES 17 marzo, 2013 a las 18:57 #42696
Todos los dispositivos emisores de campos electromagnéticos de alta frecuenca que se citan se encuentran actualmente cerca de muchos puestos de trabajo, ya que son tecnologías ampliamente extendidas. Así es una cuestión importante a la que se le da una respuesta general en la NTP 894 del INSHT.
http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/NTP/NTP/Ficheros/891a925/894w.pdf
En resumen se recomienda adoptar el criterio de la norma UNE EN 50499 “Procedimiento para la evaluación de la exposición de los trabajadores a los campos
electromagnéticos”. Esta norma establece un criterio para determinar que equipos están sujetos a una evaluación específica y otros que simplemente por cumplir los requisitos de homologación ya implican un cumplimiento de la norma y una situación estándar. Por tanto en este tipo de equipos tras comprobar que están homologados y cuentan con el marcado CE, ya no requiere de acciones complementarios. Para conocer con detalle que equipos se recogen en esta consideración consultar la norma UNE, pero para facilitar la tarea basta considerar que los equipos instalados a nivel doméstico y generalizado están incluidos.
Por último la suma o reunión de equipos de estas características no cambiaría los argumentos dados.