sisifo 18 enero, 2018 a las 11:54 #75805
Buenos días,
El trabajador puede renunciar a ese derecho (es obligación para la empresa, no para el trabajador); pero para demostrar que el trabajador ha renunciado voluntariamente, debe tener por escrito esa renuncia (hay modelos tipo).
PERO, una Ley de la SS SS dice que: será obligatorio cuando el trabajador pueda desrrollar una Enfermedad Profesional, pero solamente en las pruebas para tal. P.Ej.: la audiometría cuando está expuesto a ruido mayor de 85dB(A).
Otra excepción, como recoge la Ley PRL de 1995, es que cuando existan riesgos en las que un trabajador pueda contagiar a sus compañeros, los reconocimientos anuales serán obligatorios. En concreto: SIDA y Hepatitis C.
Un saludo.