La lucha contra la siniestralidad en el ámbito laboral se ha convertido hoy en día en una cuestión prioritaria, pues toda sociedad que se precie debe de garantizar la salud y la seguridad de sus trabajadores. Así, desde la Unión Europea, con el tiempo, se han ido promulgado toda una serie de Directivas que posteriormente han sido transpuestas al Ordenamiento Jurídico Español en forma de Leyes. Dicha normativa es muy diversa y entre la misma tenemos que destacar principalmente: La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales; y, el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, de disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. La primera afecta a todos los trabajadores independientemente del sector en el que desarrollan su actividad profesional, mientras que la segunda se centra en un único sector, el de la construcción, en el cual la siniestralidad y la gravedad de los accidentes suele estar por encima de la media. Con este RD 1627/1997 nace una importante figura, la del Coordinador en materia de seguridad y salud en las obras de construcción. Sus funciones y obligaciones durante la ejecución de la obra se hallan especificadas en el artículo 9 de este mismo Real Decreto, si bien, la forma en que se describen estas obligaciones es un tanto escueta, por lo que es necesario un análisis más profundo de los distintos apartados de este artículo. En la actualidad disponemos de diversas guías de referencia y apoyo, como la “Guía Técnica para la Evaluación y Prevención de los Riesgos Relativos a las Obras de Construcción” del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, así como de una bibliografía bastante extensa a través de la cual los distintos autores explican la forma de proceder mediante una serie de procedimientos basados en el estudio de la diversa normativa existente, así como de su experiencia personal. Para este trabajo, en base a esta bibliografía, se desarrolla de una forma teórico-práctica este artículo 9 con el objetivo de que sirva para crear un documento de ayuda con el cual la gestión de la coordinación de la seguridad y la salud en las obras de edificación se pueda ejercer de la forma más efectiva posible. Además, considerando que la gestión de la seguridad y la salud es una tarea de todos los agentes que intervienen en el proceso edificatorio, este trabajo concluye con una serie de aportaciones que surgen de este estudio y que, si se consiguieran llevar a la práctica en toda obra independientemente del volumen de la misma, ayudarían de una forma eficaz a luchar contra los accidentes laborales en el sector de la edificación.
AUTOR: Santiago Izquierdo Velasco
Enhorabuena por el trabajo