En el año 2013, según recoge el último Informe de Actividades prioritarias en función de la siniestralidad publicado por el INSHT, las actividades de reparación e instalación de maquinaria y equipos de trabajo poseen uno de los Índices de incidencia de Accidentes de Trabajo graves y mortales más elevados. Es habitual el acceso de empresas de maquinaria a centros ajenos para reparar equipos de trabajo. La coordinación de actividades, dada la urgencia de su intervención, muchas veces se realiza sin efectuar un control adecuado lo que llega a generar fuertes sanciones a las que han de hacer frente, tanto el empresario titular como el contratista, en caso de accidente.
Hace unas semanas la prensa se hizo eco de la pena, solicitada por el Ministerio Fiscal, para un directivo, un director técnico y el encargado de mecánicos de una empresa de maquinaria que había sido subcontratada por otra para el alquiler y mantenimiento de sus equipos de trabajo, utilizados en las obras de un colegio. En concreto, el Ministerio Fiscal solicita dos años de prisión e inhabilitación para cada uno de los inculpados, además 24.000 euros, por el accidente por el cual un trabajador que reparaba una retroexcavadora sufrió un aplastamiento de un pie. En el análisis del accidente se detectaron los siguientes incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales:
- El trabajador que accionó el dispositivo a revisar por el accidentado pertenecía a la empresa que había alquilado el equipo de trabajo, quien carecía de formación y experiencia en el uso de estos equipos.
- La evaluación de riesgos de la empresa de maquinaria no evaluaba la reparación o cambio de orugas en retroexcavadoras.
- No existían instrucciones que indicasen el número de operarios que eran precisos para realizar el trabajo y definición de la formación necesaria, teniendo en cuenta el tipo de reparación a realizar
- Se detectó una ausencia de medidas preventivas a adoptar, por parte de la multinacional, para la realización de intervenciones con el equipo encendido.
- No se cumplieron las advertencias preventivas de los manuales de uso de los equipos de trabajo.
Es bastante frecuente que las empresas que permanecen en un centro de trabajo para la realización de un servicio determinado utilicen equipos de trabajo propios para realizar su actividad. En algunos casos, por la tipología de la maquinaria utilizada, las empresas que alquilan estos equipos han de acceder al centro de trabajo para realizar una reparación. Como empresa concurrente, en cumplimiento con el Real Decreto 171/2004 de Coordinación de Actividades Empresariales y el Real Decreto 1215/1997 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, la subcontrata debería de haber informado al empresario titular de los riesgos a los que pueden estar sometidos en su puesto de trabajo y medidas preventivas, lo que incluye la evaluación de los riesgos originados por los equipos de trabajo empleado a reparar, las instrucciones de utilización y la formación del técnico acreditado para realizar la inspección y reparación de máquina. Un control previo de la evaluación de riesgos, la capacitación del trabajador y del manual de instrucciones de maquinaria a reparar, podría haber evitado este accidente.
Hoy en día, los técnicos de prevención pueden soportar la gestión preventiva interna y las de las subcontratas de forma eficaz y ágil, y estar tranquilos porque cumplen con toda la legalidad mediante aplicaciones web que permiten disponer de toda la documentación vinculada a la gestión preventiva, actualizada en todo momento. CTAIMA Outsourcing & Consulting, SL consciente de la dificultad que muchas empresas tienen al querer cumplir con la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto 171/2004 de Coordinación de Actividades empresariales y el Real Decreto 39/1997 de Reglamento de los Servicios de Prevención en concurrencia pone a su disposición la aplicación web CTAIMACAE.net: un avanzado software-as-a-service multifunción referente en el mercado español e implantado con éxito en Argelia, Alemania, Italia, Portugal y Reino Unido para la prevención de riesgos laborales y para la gestión integral de la coordinación de actividades empresariales, empezando por la gestión de contratos y subcontratos.
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