El Reglamento REACH exige que las empresas que fabrican o importan sustancias químicas en la UE, Islandia, Noruega y Liechtenstein en cantidades de una tonelada o más al año las registren en la ECHA.
Si no existe información disponible sobre las propiedades peligrosas de una sustancia química, dicha información deberá crearse y, en caso necesario, deberán actualizarse las fichas de datos de seguridad.