La valoración de la aptitud para el puesto de trabajo es una de las tareas asignadas a los médicos del trabajo en su actividad diaria. En base a la misma se determina si las capacidades psicofísicas individuales de un trabajador concreto son adecuadas para realizar su trabajo sin que éste suponga riesgo para su propia salud o la de terceros.
Entre las funciones de los médicos del trabajo se encuentra la vigilancia de la salud periódica de los trabajadores para detectar si las condiciones de trabajo y los riesgos laborales derivados de éstas, afectan a la salud individual de una persona o a la salud colectiva de un grupo de trabajadores o si el estado de salud del trabajador puede hacerle especialmente sensible a determinados riesgos.
La vigilancia de la salud se lleva a cabo por los profesionales sanitarios de los Servicios de Prevención estableciéndose una valoración de la aptitud cuya conclusión se refleja en un certificado médico de aptitud del trabajador para desarrollar un puesto de trabajo con unas tareas básicas específicas en función de la categoría profesional y del puesto asignado dentro del sector.
El sector sanitario, ámbito al que se refiere este documento, se caracteriza por ser un sector ampliamente especializado y pluridisciplinar entre el que se incluye personal sanitario y no sanitario, todos ellos imprescindibles para el correcto funcionamiento del sistema. Es un sector donde convergen colectivos de trabajadores de muy diversa cualificación y en el que al prestar cuidados de salud, los daños a terceros pueden tener graves repercusiones. Por ello determinar la aptitud para el trabajo de estos profesionales se convierte en un objetivo básico.
La mayor parte de los trabajadores sanitarios ejercen su actividad profesional en el Sistema Nacional de Salud (SNS) siendo éste un sector esencial para garantizar la salud de la población. A pesar de ello, el SNS no dispone de una regulación específica que establezca la aptitud de sus trabajadores como puede suceder en otros sectores de los servicios públicos como ferroviarios, fuerzas armadas, pilotos, policías locales o bomberos, por lo que se genera una gran variabilidad en cuanto a los criterios de aptitud.
El sistema sanitario público está regulado así mismo por unas normas comunes en cuanto a derechos, deberes y responsabilidades. Por tanto, parece coherente que se dispusiera de unos criterios homogéneos para establecer la aptitud de estos profesionales para el desempeño de su trabajo. Nos parece esencial disponer de un documento que nos permita estandarizar criterios de cara a certificar correctamente la aptitud o no aptitud de estos trabajadores para el puesto de trabajo al que están o van a estar adscritos.
Existen documentos de consenso y opiniones de expertos que analizando la bibliografía existente hasta la actualidad, se han pronunciado respecto a la aptitud y el momento en que emitir la misma por parte del médico del trabajo. Dado que la labor de los Servicios de Prevención es fundamentalmente preventiva, consideran que solo se debe emitir una aptitud para aquellos exámenes de salud establecidos como obligatorios por la legislación específica.
Al margen de esta consideración no podemos obviar la vigente Ley General de la Seguridad Social que, en su artículo 196 establece «Todas las empresas que hayan de cubrir puestos de trabajo con riesgo de enfermedades profesionales están obligadas a practicar un reconocimiento médico previo a la admisión de los trabajadores que hayan de ocupar aquéllos y a realizar los reconocimientos periódicos que para cada tipo de enfermedad se establezcan en las normas que, al efecto, dictará el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social». De manera que, al haber un claro riesgo de enfermedad profesional, esta certificación o dictamen de aptitud debe considerarse obligatoria en el sector sanitario.
No abundan las publicaciones que permitan responder a los grandes interrogantes que se producen en torno a la aptitud laboral a nivel estatal. Por ello ANMTAS (Asociación Nacional de Medicina del Trabajo en el Ámbito Sanitario) ha trabajado en este documento que pretende servir de orientación a los médicos del trabajo en el ámbito sanitario.
El trabajo realizado ha supuesto la lectura exhaustiva de la legislación estatal de referencia, los posicionamientos de grupos de expertos y la jurisprudencia existente respecto de la aptitud en el ámbito sanitario.
Esta guía no indica aspectos concretos para establecer la aptitud para una profesión en función de una patología específica, sino que pretende integrar tanto los requisitos preventivos de nuestra actividad, como los principios éticos y la evolución del consenso en aspectos relacionados con la aptitud de los trabajadores así como los requisitos legales que debemos aplicar en nuestra práctica profesional diaria.
Este documento es un documento vivo que debe ser revisado tras los resultados de su aplicación así como en función de la evidencia científica y los cambios legislativos que se produzcan.