Reglamento (UE) 2019/126 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de enero de 2019, por el que se crea la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA)
OBJETIVOS Y TAREAS
Artículo 1
Creación y objetivos
1. Por el presente Reglamento se crea la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (en lo sucesivo, «EU-OSHA»), en calidad de Agencia de la Unión.
2. El objetivo de la EU-OSHA será proporcionar a las instituciones y organismos de la Unión, a los Estados miembros, a los interlocutores sociales y a otros agentes que trabajen en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo información técnica, científica y económica y conocimientos especializados pertinentes de utilidad para ese ámbito a fin de mejorar el entorno laboral en lo que se refiere a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores.
A tal efecto, la EU-OSHA desarrollará y difundirá conocimientos, proporcionará datos y servicios para la elaboración de políticas, incluidas conclusiones basadas en trabajos de investigación, y facilitará la puesta en común de conocimientos entre la Unión y los agentes nacionales.