Las condiciones ambientales de los lugares de trabajo pueden dar lugar a dos situaciones generadas tanto por frío como por calor: estrés térmico (sensación de malestar que se experimenta cuando la permanencia en un ambiente determinado exige esfuerzos desmesurados a los mecanismos de que dispone el organismo para mantener la temperatura interna) y disconfort térmico (se produce cuando la persona se expone a temperaturas muy elevadas o muy bajas en el puesto de trabajo).
El valor de las diferentes variables termohigrométricas, combinado con la intensidad de la actividad realizada en el trabajo, el tipo de vestido y las características individuales de los trabajadores y trabajadoras, originan diferentes grados de aceptabilidad del ambiente térmico.
El ambiente térmico del lugar de trabajo, aunque no sea extremo, puede influir negativamente en el bienestar de los trabajadores, y un ambiente térmico inadecuado puede originar una reducción del rendimiento físico y mental, y un incremento de las distracciones, debido a las molestias ocasionadas, pudiendo provocar accidentes laborales.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que es necesario evaluar este tipo de riesgos. Dentro de la evaluación de riesgos se debe valorar si las condiciones de la tarea suponen riesgo de estrés térmico o las condiciones de temperatura y humedad son adecuadas. En primer lugar hay que definir en qué situación nos encontramos: estrés o disconfort.
La exposición laboral a ambientes fríos puede producirse en determinados ambientes industriales, pero también en trabajos a la intemperie, en este último caso debido a los cambios de la climatología no suelen planificarse adecuadamente los riesgos derivados de esta exposición.
Medidas preventivas
Existen una serie de medidas preventivas ante el trabajo en ambiente con frío, entre otras, la medición periódica de la temperatura y la velocidad del aire; establecer regímenes adecuados de trabajo y descanso en áreas protegidas (refugio, habitación caliente); reducir el número de horas de trabajo a baja temperatura; vigilancia específica de la salud para la posible detección de especiales sensibilidades, problemas dérmicos, disfunciones circulatorias o cualquier patología que pudiera agravar la sintomatología.
Además, los trabajadores deberán ser formados e informados en relación con aspectos relacionados con la prevención y efectos del frío, acerca de las reacciones fisiológicas y subjetivas del organismo, los aspectos relacionados con la salud, el riesgo de accidentes, las medidas de protección, el uso de prendas protectoras y las técnicas de primeros auxilios.