¿Cuántas veces te has preguntado si el plan de seguridad y salud de tu obra debe recoger las medidas de prevención de la Covid-19? Para responder a esta pregunta debemos tener en cuenta previamente varios factores
- La lucha contra la Covid-19 en el sector de la construcción debe gestionarse mediante la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y no mediante RD 1627/97.
- El contratista debe evaluar el riesgo que supone el contagio de Covid-19 y definir las medidas de protección frente a él, elaborando un protocolo específico para cada obra que deberá comprender medidas sanitarias, organizativas y técnicas.
- En caso de que las previsiones del plan de seguridad no sean compatibles con las medidas de lucha contra Covid-19 descritas en el protocolo específico, el plan deberá actualizarse con las medidas organizativas o técnicas que se consideren necesarias, sin incluir las medidas sanitarias.
- El plan, o su modificación, deberá ser aprobado por el coordinador de seguridad mediante el proceso habitual de revisión y acta de aprobación.