
La legislación española trata de forma general y brevemente el tema del ambiente térmico en el Real Decreto 486/1997 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. En particular, dedica a este tema su Anexo III (Condiciones ambientales en los lugares de trabajo) donde se establecen valores a las variables termohigrométricas para locales cerrados:
Tipo de trabajo
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Temperatura del aire (ºC)
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Humedad relativa (%)
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Velocidad del aire (m/s)
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Velocidad del aire (aire acondicionado) (m/s)
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Vel. del aire provocadas para evitar el estrés térmico (m/s)
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Sedentario |
17 – 27
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30 – 70
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≤ 0,25
(ambientes no calurosos)
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≤ 0,25
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No se establece limitación concreta
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≤ 0,5
(ambientes calurosos)
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Ligero |
14 – 25
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≤ 0,25
(ambientes no calurosos)
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≤ 0,35
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Otros |
No se establece limitación concreta
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≤ 0,75
(ambientes calurosos)
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Asimismo se indica que: En los lugares de trabajo al aire libre y en los locales de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse las medidas para que los trabajadores puedan protegerse, en la medida de lo posible, de las inclemencias del tiempo.
La legislación española proporciona intervalos de valores exigibles, pero cuya exclusiva medición y cumplimiento no permite realizar una completa evaluación de riesgos. Sin embargo, sí existen métodos recogidos en normas técnicas que permiten evaluar las situaciones de agresión térmica por calor o frío, y la valoración de ambientes térmicos moderados.
Estrés térmico debido al calor:
- Estimación del estrés térmico del hombre en el trabajo basado en el índice WBGT (Wet Bulbe Globe Temperature) (norma UNE-EN 27243:1995).
- Determinación analítica e interpretación del estrés térmico mediante el cálculo de la sobrecarga estimada (norma UNE-EN ISO 7933:2005).
Estrés térmico debido al frío:
- Determinación e interpretación del estrés debido al frío empleando el aislamiento requerido de la ropa (IREQ) y los efectos del enfriamiento local (norma UNE-EN ISO 11079:2009).
Valoración de ambientes térmicos moderados:
- Determinación analítica e interpretación del bienestar térmico mediante el cálculo de los índices PMV y PPD y los criterios de bienestar térmico local (norma UNE-EN ISO 7730:2006).