
El 1 de marzo se aprobó el Real Decreto-Ley 6/2019 de “Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación”, que ha introducido modificaciones en la Ley de Igualdad, que afectan a la obligación de la negociación de planes de igualdad en las empresas y que entrarán en vigor de forma progresiva:
Con esta nueva regulación, se reduce de 250 a 50 el número necesario de personas en la plantilla de una empresa para que sea obligatoria la negociación de un plan de igualdad. Recordemos que, anteriormente, solo era obligatorio negociarlo en empresas de más de 250 personas en plantilla.
El no cumplimiento de esta obligación supondrá una sanción grave para la empresa, según la nueva redacción del art.7.7 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).
Además, se regula que las medidas, y no solo los objetivos del plan deben ser “evaluables”, y que el diagnóstico debe ser “negociado”, en su caso, con la representación legal de los trabajadores. Por otro lado, las empresas están obligadas a inscribir dicho plan en el Registro de Planes de Igualdad de las empresas, que se desarrollará reglamentariamente.
Con este curso se pretende que los participantes adquieran los conocimientos necesarios para conocer Los distintos conceptos referentes a la Igualdad de Género y poder llevar a cabo con éxito la elaboración e implantación de Planes de Igualdad en su empresa.