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Portada Foros Gestión / Sistemas / ISO 45001 Auditorias Auditoría Reglamentaria y Etapa 1 Auditoría OHSAS

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Auditorias


  • Preventina
    Participante
    Preventina

    Si una Empresa ha realizado la Auditoría Reglamentaria que exige la Ley de PRL pocos meses antes a la auditoría de certificación OHSAS, los auditores ¿podrían convalidar la Etapa 1 de certificación oHSAS documental, si la Empresa acredita haber subsanado las No Conformidades de la Auditoría Reglamentaria? al fin y al cabo, no es volver otra vez volver a ver lo mismo?. Y a la Empresa le ahorraría tiempo y coste. Gracias!!!


    Jose Sevilla
    Participante
    Jose Sevilla

    Hola,
    No por varios motivos, que a continuación te enumero.

    1. Los organismos certificadores, deben seguir (como entidades acreditadas) los requisitos de acreditación para certificar sistemas de gestión, definidos en la norma ISO 17021:2011. Esta norma obliga a que la auditoria de certificación se realice en dos etapas. La etapa 1, no es solamente documental ya que dicha norma establece que en esta etapa (punto 9.3.2.1) además de la documentación del sistema de gestión se evalué las condiciones del emplazamiento, el entendimiento de la empresa respecto de los requisitos de la norma a certificar, recopilar información sobre el alcance, procesos, ubicaciones del cliente, la auditoria interna, la revisión por la dirección, confirmar que el nivel de implantación permite realizar la auditoria de etapa 2 y proporcionar un enfoque para la planificación de la auditoria de etapa 2.

    2.- Las entidades, deben enviar a auditores cualificados por ellos (según sus áreas técnicas) a realizar dicha auditoria, por lo tanto, no pueden dejar a auditores no cualificados por ellos que realicen dicha actividad ( y menos por auditores de una entidad distinta a ellos).

    3.- La norma ISO 17021:2011 ignora la existencia de la auditoria reglamentaria, ya que es un requisito que prácticamente solamente se exige en España, y esta tiene carácter internacional.

    4.- Una auditoria de sistema de gestión, va más allá del cumplimiento legal, se trata de verificar si existe una sistemática de gestión (como por ejemplo, auditorias intenras, proceso de identificación y evaluación del cumplimiento legal, revisiones por la dirección, gestión de no conformidades, etc.).

    Como conclusión, como ves, no es admisible, dentro de los sistemas de gestión y la normativa internacional existente, admitir la auditoria reglamentaria como parte del proceso de auditoria del sistema de gestión.
    Lo que si hubiera sido posible, es con una adecuada planificación por parte de la empresa auditada, sería haber intentado unir ambos procesos en el tiempo para que se realizara simultaneamente (existen entidades que pueden realizar a la vez la auditoria de OHSAS y la Reglamentaria ya que están acreditados tanto por la Administración como por ENAC) y de ese modo haber obtenido ahorros de tiempo y por lo tanto de costes.


    Preventina
    Participante
    Preventina

    Muchas gracias Jose, por tu explicación clara y concisa. Se ha planificado de esta forma, porque enendíamos que no tener realizada la Auditoría Reglamentaria iba a ser una No Conformidad (no se que grado), pero no conformidad.
    No obstante, la Auditoría Reglamentaria sería una forma de acreditar ante los auditores de OHSAS que se cumple perfectamente con el punto 4.5.2 de evaluación del cumplimiento legal de la norma OHSAS?


    Jose Sevilla
    Participante
    Jose Sevilla

    El único valor que le va a dar el auditor de certificación va a ser verificar que has cumplido un requisito reglamentario, y por lo tanto no será desviación, pero no le dará más valor, porque dependiendo de qué auditor y entidad te haya hecho la reglamentaria, le proporcionará más nivel de confianza o no, pero no se basará en ello porque es su responsabilidad verificar que tu sistema de gestión cumple adecuadamente la legislación.
    Un saludo,


    edgar
    Participante
    edgar

    hola amigos es posible obtener una matriz de evalauacion legal de una empresa.. gracias


    edgar
    Participante
    edgar

    hola amigos es posible obtener una matriz de evalauacion legal de una empresa.. gracias


    Jose Sevilla
    Participante
    Jose Sevilla

    Hola Edgar,
    ¿Puedes aclarar lo que necesitas?


    Alfonso Tovar
    Participante
    Alfonso Tovar

    Hola Jose, no estoy de acuerdo en el punto que comentas
    “4.- Una auditoria de sistema de gestión, va más allá del cumplimiento legal, se trata de verificar si existe una sistemática de gestión (como por ejemplo, auditorias intenras, proceso de identificación y evaluación del cumplimiento legal, revisiones por la dirección, gestión de no conformidades, etc.)” La legislación establece la obligación de la empresa a tener un Plan de Prevención (Sistema de gestión) documentado e implantado, por lo que en una auditoría reglamentaria se debe verificar las dos cosas (sistemática de gestión documentada y aplicada, por otro lado una auditoria reglamenaria no debe ser una verificación de cumplimiento legal (lo dice el INSHT) va mucho más alla, es una auditoría no una inspección, es decir un instrumento de mejora para las organizaciones (también lo dice la ley 31/95) cuyo compromiso es garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores. Garantizar implica gestionar los riesgos y mejorar continuamente (no es intentar.
    Aunque sea una obligación en España la exigencia de la auditoría reglamentaria es equivalente a lo que la Ohsas exige dependiendo de cómo se interprete la norma legal, por lo que se pueden realizar de forma conjunta perfectamente ya que coinciden en un 99% en sus requisitos. Es cierto que la diferencia es la internacionalidad de la Ohsas.
    En mi opi nión, en ningún caso la auditoria reglamentaria puede servir como evaluación de cumplimiento legal para una auditoria de certificación Ohsas.
    Saludos
    Alfonso


    Salvador
    Participante
    Salvador

    Estimado José,

    comentas en tu primera respuesta que “[…] Lo que si hubiera sido posible, es con una adecuada planificación por parte de la empresa auditada, sería haber intentado unir ambos procesos en el tiempo para que se realizara simultaneamente (existen entidades que pueden realizar a la vez la auditoria de OHSAS y la Reglamentaria ya que están acreditados tanto por la Administración como por ENAC)” y creo que eso si que no puede ser admisible.

    Me explico:
    Es cierto que algunas de las entidades acreditadas por la Autoridad laboral para realizar la AUDITORIA LEGAL también lo están para realizar la OHSAS según criterios ENAC (8 entidades en total), pero también es cierto la limitación que establece el artículo 32.2 del RD 39/1997 (RSP) respecto a los requisitos de la auditoría:
    “Las personas físicas o jurídicas que realicen la auditoría del sistema de prevención de una empresa no podrán mantener con la misma vinculaciones comerciales, financieras o de cualquier otro tipo, distintas a las propias de su actuación como auditoras, que puedan afectar a su independencia o influir en el resultado de sus actividades.”

    La limitación creo que es clara: la AUDITORIA LEGAL es un requisito reglamentario para las empresas que asumen alguna disciplina o actividad preventiva con medios propios y la AUDITORIA OHSAS no deja de ser una auditoría voluntaria que contratan algunas empresas que puedan estár especialmente sensibilizadas con la prevención. Solapar ambas auditorías en el tiempo o incluso, como me he encontrado en algún caso, ser realizadas por el mismo equipo auditor, es o creo que debe ser considerado como ilegal.

    Un saludo


    Alfonso Tovar
    Participante
    Alfonso Tovar

    Estás diciendo Salvador que un equipo auditor ve comprometida su independecia por realizar simultáneamente una auditoría con diferentes referenciales (que por otro lado se parecen muchísimo en el fondo de sus requerimientos)
    En cualquier caso, en la reglamentaria también es la empresa quien contrata a la empresa auditora por lo que auditar a “tu cliente” debería ser ilegal ya que como es quien te paga pues tienes que poner en el informe lo que diga el cliente, no la realidad de la situación objetiva???? Recuerda “El cliente siempre tiene razón”
    Saludos


    Jose Sevilla
    Participante
    Jose Sevilla

    Hola,
    Comentaros respecto de la incompatibilidad de actividades entre certificadoras de sistemas de gestión y empresas que realizan auditoria reglamentaria, que este tema ya no es objeto de discusión posible desde un punto de vista legal, ya que existe un escrito de resolución de la Dirección General de Trabajo, de fecha 26 de diciembre de 2011, derivada de una denuncia que se realizó a una entidad que realizaba simultaneamente certificación de la norma OHSAS 18001 y Auditoria Reglamentaria, donde se manifiesta por parte de dicha Direccón que no existe incompatibilidad de actividades.
    Podremos estar de acuerdo o no, pero existe resolución legal que permite realizar ambas actividades sin que exista incompatibilidad por ello.

    Un saludo,


    Preventina
    Participante
    Preventina

    Perdona Salvador, pero entonces realizar la Auditoría de un Sistema de Gestión Integrado y una Auditoría Reglamentaria a la vez, que es ahora lo más habitual, sería un crimen..
    Creo que no estás pensando un poco en los auditados, he pasado por auditorías con empresas distintas para auditorías reglamentaria y auditoría ohsas, y cada auditor te da una opinión para las mismas cosas, unos consideran relevante unas cosas y otros otras, unos te ponen una no conformidad mientras que otros te dicen que como se pasa el otro, es un caos para el auditado, aparte de tener que dedicar el doble de tiempo para atender a los auditores, con lo que tu trabajo diario se resiente mucho, así que personalmente, creo que es mucho mejor una auditoría conjunta, tienes a los auditores una semana, pero luego se acabó.

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