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Portada Foros Higiene Industrial Definición de “Higiene”

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Higiene Industrial


  • lramosneira@gmail.com
    Participante
    lramosneira@gmail.com

    Querido foro, espero que podáis ser de ayuda:

    Necesito una consulta rápida. Puede parecer tonta, pero aquí en guirilandia no encuentro una referencia por medios habituales.

    ¿Podríais facilitarme una definición “oficial” del concepto de higiene desde el punto de vista “prevencionista”, y la referencia de dónde se obtiene? –vocabulario ISO, OHSAS, etc.

    Estoy elaborando un procedimiento de higiene para mi empresa, y por extraño que parezca, no lo encuentro fácilmente, y tenemos ciertas discrepancias entre el concepto “preventivista” (se limita al control de infecciones en centros sanitarios) y el “prevencionista” (análisis, eliminación o aminoración de riesgos físicos, químicos y biológicos). El ámbito de aplicación es una red de centros sanitarios, y de ahí el dilema.

    Muchas gracias por la colaboración, un abrazo y saludos desde Múnich,

    L.


    Carolina Bové Torres
    Participante
    Carolina Bové Torres

    Buenos días,

    La definición más empleada es la de la American Industrial Hygienist Assocciation (A.I.H.A.), que define la Higiene Industrial como la “Ciencia y arte dedicados al reconocimiento, evaluación y control de aquellos factores ambientales o tensiones emanados o provocados por el lugar de trabajo y que pueden ocasionar enfermedades, destruir la salud y el bienestar o crear algún malestar significativo entre los trabajadores o los ciudadanos de una comunidad”.

    El British Occupational Hygiene Society (BOSH) define la labor del higienista como “el uso de la ciencia y la ingeniería para la prevención de enfermedades causadas por el ambiente laboral, especializada en la evaluación y control de los riesgos para la salud derivados de la exposición laboral a los peligros.”

    Desde el punto de vista prevencionista, suele definirse también como una técnica no médica de prevención que actua frente a los contaminantes ambientales derivados del trabajo al objeto de prevenir las enfermedades profesionales de los individuos expuestos a ellos. Tiene como objetivo fundamental la “prevención de las enfermedades profesionales” y basa su actuación en las funciones de reconomiento, evaluación y control de los factores ambientales del trabajo.

    Espero que te sea de ayuda.


    shuertasrios
    Participante
    shuertasrios

    Añadir en relación a tu consulta sobre la definición de higiene industrial:

    La higiene industrial es la ciencia de la anticipación, la identificación, la evaluación y el control de los riesgos que se originan en el lugar de trabajo o en relación con él y que pueden poner en peligro la salud y el bienestar de los trabajadores, teniendo también en cuenta su posible repercusión en las comunidades vecinas y en el medio ambiente en general (Enciclopedia OIT).

    Existen diferentes definiciones de la higiene industrial, aunque todas ellas tienen esencialmente el mismo significado y se orientan al mismo objetivo fundamental de proteger y promover la salud y el bienestar de los trabajadores, así como proteger el
    medio ambiente en general, a través de la adopción de medidas preventivas en el lugar de trabajo.

    La higiene industrial, por lo tanto, debe identificar, evaluar y, si es necesario, eliminar los agentes biológicos, físicos y químicos que se encuentran dentro de una empresa o industria y que pueden ocasionar enfermedades a los trabajadores.

    Por tanto la aplicación de las técnicas de higiene industrial será de aplicación a cualquier sector de actividad, con las oportunas adaptaciones.

    Para más información, puedes visitar la página web de la Asociación Española de Higiene Industrial:

    http://www.aehi.es/

    Muchos saludos


    lramosneira@gmail.com
    Participante
    lramosneira@gmail.com

    Gracias, a los dos, Carolina y Santos. Ha sido de enorme ayuda.
    Por mi parte, encontré dos páginas que marcan claramente la diferencia entre el concepto prevencionista y el salubrista, y los comparto también:

    Definición prevencionista: http://www.ioha.net/faqs.html#one

    Definición salubrista: http://www.who.int/topics/hygiene/en/

    Gracias de nuevo, L.


    Míguel Ángel
    Participante
    Míguel Ángel

    Permitidme que reinicie el tema.
    Cuando tratamos con productos químicos, en general, podemos encontrarnos en situaciones que pertenezcan a competencias de seguridad en el trabajo o en higiene industrial. ¿dónde empieza el campo de una y donde acaba el de la otra especialidad?
    Gracias por adelantado.


    Tintin
    Participante
    Tintin

    Mark en mi opinión la “frontera” o límite entre los ámbitos de seguridad vs higiene (la jurídica, a la que entiendo te refieres) se considera para los agentes químicos, igual q para las “especialidades” preventivas en general:

    La higiene se ocupa de prevenir las ENFERMEDADES y la seguridad los ACCIDENTES.

    Lógicax en la práctica esta frontera es bastante “difusa” (e “ineficiente”) desde un punto de vista técnico, en particular para los agentes químicos.
    En algunas organizaciones nos encontramos q los daños para la salud se gestionan y priorizan MAS por una combinación del TIEMPO de aparición (segundos, meses, <4 años, >4 años) de “síntomas evidentes” (diagnóstico, fallecimiento, etc) y sus consecuencias jurídicas y económicas (dias, meses, años, siglos), y MENOS por su gravedad o coste sanitario.

    Algo similar sucede en ámbito Higiene vs Medioambiente: la “frontera” jurídica suele considerarse los limites fisicos del lugar de trabajo. Pero los técnicos hablan el mismo “lenguaje”, utilizan herramientas similares y deben colaborar para una gestión eficaz.


    Carolina Bové Torres
    Participante
    Carolina Bové Torres

    Tema interesante y complicado; no siempre es fácil el establecimiento del límite entre accidente de trabajo y enfermedad profesional.

    No hay que dejar de lado la interpretación legal del concepto de enfermedad profesional. El art. 116 de la Ley General de Seguridad Social define la Enfermedad Profesional como “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.

    Por tanto para que una patologia de origen laboral o causada por el trabajo, sea considerada Enfermedad Profesional en el sentido tecnico-legal, se debe cumplir:

    – que se de a consecuencia del trabajo. La relación de causalidad entre el trabajo y la enfermedad es más estricta que en el accidente de trabajo, que puede darse con ocasión del trabajo.
    -que sea consecuencia de las actividades relacionadas en el cuadro de enfermedades profesionales
    -que la patologia proceda de la acción de elementos o sustancias que en el cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional

    Si el agente, sustancia o activiad no se encuentra en el cuadro pero está en el entorno o ambiente laboral y causa una enfermedad, está podría considerarse accidente laboral.

    Respecto a los tiempos de exposición, el concepto de enfermedad requiere que los sintomas se manifiesten de manera lenta y progresiva, normalmente tras un periodo largo de exposición, pudiendo incluso manifestarse años después de la exposición. Por el contrario, el concepto de accidente tiene carácter súbito y violento y han de darse en tiempo y lugar laboral. La legislación española no nos marca periodos mínimos de exposición para poder considerar una enfermedad como enfermedad profesional.

    Pese a todo lo comentado, a la práctica surgen dudas respecto a la clasificación de diferentes patologias laborales que podamos encontrarnos. El criterio preventivo y el legal no siempre coinciden

    Os dejo algunos ejemplos para debatir sobre los mismos:

    1) Sensibilización via dérmica a una sustancia que encontramos en el cuadro de enfermedades profesionales, apareciendo los efectos tras un primer contacto. ¿Enfermedad profesional o accidente laboral?

    2) Operario de planta química que presenta dermatitis en las manos y se diagnostica alergia a los guantes de protección ¿enfermedad profesional o accidente laboral?

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