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Legislacion


  • Gargamelin
    Participante
    Gargamelin

    Con la nueva Ley de Mutuas, he oido que si te pones enfermo te pueden despedir ¿es cierto?

    Gracias


    zdavid
    Participante
    zdavid

    No es correcto. Con la reforma laboral actualmente en vigor (aprobada hace un par de años), la empresa puede despedir procedentemente (si lo ratifica juzgado, en su caso) a un trabajador por ausencias por incapacidad temporal por contingencias comunes (enfermedad común) si son consecutivas y reiteradas. No recuerdo el número, pero pocas en un plazo de tiempo de meses-año.

    Con la reforma de la gestión de mutuas, lo que pretende el gobierno es que el silencio administrativo ante una propuesta de alta de la mutua por enfermedad común, se considera alta laboral y el trabajador está obligado a trabajar. Es decir, en la práctica, dado la lentitud del sistema, sería conceder la potestar del alta por enfermedad a los gestores de mutuas.
    Hasta ahora si la propuesta de alta no se atendía por el servicio de salud de la comunidad, el trabajador seguía de baja.
    Saludos


    Prevencionista
    Participante
    Prevencionista

    No hace falta que te pongas enfermo para que te puedan echar….


    casaca1900@gmail.com
    Participante
    casaca1900@gmail.com

    En España el despido es libre y barato- se llama despido objetivo- lo que pretende esta Ley, a mi modo de ver, son dos cosas:
    1º Privatizar la gestión de la Seguridad Social.
    2º Reducir indiscriminadamente los costes de las prestaciones de Incapacidad Temporal.

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