aiprevia 13 febrero, 2014 a las 11:05 #43142
Deberá cumplir las normas del codigo de la circulación respecto a introducir “obstáculos-móviles” en vía publica. Es decir, entiendo por traspaleta electrica la carretilla elevadora de conductor a pie y por lo tanto, es como si plantamos algo en vía publica, ¿tendremos que señalizarlo, auxiliarlo y pedir permisos para ello?
Lo que ocurre ultimamente es que ha aumentado la circulación de gente en monopatines, patines, corriendo, en bici, …. y llegas a un paso de cebra y un día pasará un tanque blindado….. por tanto, no creo que moleste una traspaleta…. pero si nos pilla un “munipa” pues nos tendremos que comer la sanción.
Saludos