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febrero de 2015  No se verifica que la formación recibida sea puesta en práctica por los trabajadores a la hora de desempeñar sus tareas. Por lo que los riesgos siguen sin ser controlados, pese a las medi-das preventivas y las protecciones colectivas e individuales utilizadas. Además, la mayor herramienta de que disponemos; la concienciación de todo el personal, no está siendo transmitida adecuadamente. No se trata únicamente de que los tra-bajadores conozcan lo “que tienen que hacer” o “por qué”, sino de que aprendan “como hacerlo”. De ahí la importancia de lo que se denomina formación práctica. Podemos definir la formación como la enseñanza que capacita a alguien para un oficio o puesto de trabajo. Por el contrario, la información, como su nombre indica, informa de algo en concreto del puesto de traba-jo u oficio, pero no capacita al sujeto, sino que más bien le indica las medi-das adoptadas por el empresa, para así dar cumplimiento al deber de protección del trabajador establecido en la ley 31/1995. A diferencia de la información, la formación debe producir un cambio duradero en la conducta. Esta es una medida preventiva y correctiva a la cual no se le saca el máximo rendimiento que se debería. A día de hoy los trabajadores siguen vien-do el asistir o participar como una OBJETIVOS GENERALES Y ESPECÍFICOS El objetivo general de la formación es reducir de manera considerable los posibles riesgos derivados de los trabajos específicos que son llevados a cabo por los trabajadores, redu-ciéndose así los accidentes gene-rados por aquellos y detectando las deficiencias a nivel formativo. Y como objetivos específicos pode-mos señalar:  La integración de la prevención en el mismo plano de importancia que la producción.  Impartir a los trabajadores la formación necesaria y suficien-te, para cada puesto de trabajo específico.  Contribuir a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores.  Promocionar la integración de la prevención en todos los niveles jerárquicos de la empresa.  Fomentar una cultura preventiva que favorezca la participación de todos los trabajadores. Para abordar el estudio es preciso delimitar el colectivo, habiéndose op-tado // 19 obligación, una pérdida de tiempo, e incluso un “castigo”. Aunque increíblemente, también en ocasiones, todas estas actuaciones del trabajador son debidas a que el mismo empresario sigue sin creer en por el sector de la la prevención y solamente se limitan construcción. Cabe se-ñalar a cumplir los requisitos básicos, bien que únicamente porque se lo exige la ley, o porque se ha tenido en cuenta de lo contrario no pueden acceder a el Artículo 19 de la FORMACIÓN algún tipo de trabajo. Ley PRL, 31/1995, En la realización a pie de obra de breves cuestionarios a los trabajadores del sector se puede observar que la mayoría de las personas que intervienen en la obra piensan que, debido a la situación actual de mercado, no se deberían invertir los recursos de los que se disponen en seguridad.


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