
“BalAg-Asesores” somos agrupación de técnicos de prevención de riesgos laborales con larga experiencia en el campo de las emergencias. Nuestro objetivo principal es ofrecer un servicio integral para aquellas actividades, centros y/o establecimientos que estén obligados a elaborar, implantar y mantener un Plan de Autoprotección.
La idea de formalizar nuestra actividad mediante nuestro blog www.balag-asesores.es surgió principalmente a raíz de la aparición en Catalunya de la figura del Técnico Acreditado para la redacción de los Planes de Autoprotección, que de ahora en adelante llamaremos PAU.
Gracias a nuestra dilatada experiencia, rápidamente obtuvimos las acreditaciones necesarias para poder ofrecer el servicio y dar cumplimiento con el Decreto catalán y empezar a trabajar con las credenciales necesarias:
Decreto 82/2010, de 29 de junio, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas
La aparición de este Decreto en el año 2010, modificó sustancialmente el contenido de la de los PAU elaborados hasta la fecha en Catalunya:
Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia
Recientemente, tal y como nos anunciaba www.prevencionar.com se ha creado una nueva acreditación para la redacción de los PAU en el País Vasco (ORDEN de 3 de agosto de 2012, del Consejero de Interior, por la que se regula la acreditación del personal técnico competente para la elaboración de planes de autoprotección) ampliando el contenido del Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia, por lo que actualmente nos estamos acreditando para poder iniciarnos en la redacción de los PAU en dicha comunidad autónoma.
Si comparamos las tres reglamentaciones (anteriormente citadas) sobre las cuales debemos basarnos para elaborar nuestro PAU, las más distintas entre ellas son la normativa nacional y la catalana.
Una de las múltiples, pero quizás una de las más significativa y curiosas es la reordenación y presentación del contenido mínimo del PAU que se establece en Catalunya. Seguidamente se hace un comparativo entre los Índices con el contenido mínimo de los PAU:
Decreto 82/2010, de 29 de junio *
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RD 393/2007, de 23 de marzo
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Documento 1: Identificación de la instalación. Inventario, análisis y evaluación del riesgo.1.1 Identificación de la instalación. |
Capítulo 1. Identificación de los titulares y del emplazamiento de la actividad. |
Documento 1: Identificación de la instalación. Inventario, análisis y evaluación del riesgo.1.2 Emplazamiento: descripción y planos, coordenadas UTM del establecimiento. |
Capítulo 2. Descripción detallada de la actividad y del medio físico en el que se desarrolla. |
Documento 1: Identificación de la instalación. Inventario, análisis y evaluación del riesgo.1.3 Accesibilidad para ayuda externa: descripción y planos. |
Documento 1: Identificación de la instalación. Inventario, análisis y evaluación del riesgo.1.4 Descripción de la instalación. |
Capítulo 3. Inventario, análisis y evaluación de riesgos. |
Documento 1: Identificación de la instalación. Inventario, análisis y evaluación del riesgo.1.5 Ocupación. |
Capítulo 2. Descripción detallada de la actividad y del medio físico en el que se desarrolla. |
Documento 1: Identificación de la instalación. Inventario, análisis y evaluación del riesgo.1.6 Análisis del riesgo. |
Capítulo 3. Inventario, análisis y evaluación de riesgos. |
Documento 1: Identificación de la instalación. Inventario, análisis y evaluación del riesgo.1.7 Planos. |
Documento 2: Inventario y descripción de los medios y medidas de autoprotección.2.1 Medios materiales disponibles.2.2 Medios humanos disponibles.2.3 Medidas correctoras de riesgo y de autoprotección.2.4 Planos. |
Capítulo 4. Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección. |
Documento 3: Manual de actuación.3.1 Objeto.3.2 Identificación y clasificación de las emergencias.3.3 Equipos de emergencia.3.4 Acciones a realizar (para cada riesgo).3.5 Fichas de actuación |
Capítulo 6. Plan de actuación ante emergencias. |
Documento 3: Manual de actuación.3.6 Integración en planes de ámbito superior. |
Capítulo 7. Integración del plan de autoprotección en otros de ámbito superior. |
Documento 4: Implantación, mantenimiento y actualización.4.1 Responsabilidad y organización.4.2 Programa de implantación, formación y divulgación. |
Capítulo 8. Implantación del Plan de Autoprotección. |
Documento 4: Implantación, mantenimiento y actualización.4.3 Programa de ejercicios y simulacros.4.4 Programa de mantenimiento. |
Capítulo 9. Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Autoprotección. |
Documento 4: Implantación, mantenimiento y actualización.4.5 Actualización del plan. |
Capítulo 5. Programa de mantenimiento de instalaciones. |
Anexo 1 Directorio de comunicaciones. |
Anexo I. Directorio de comunicación. |
Anexo 2 Formularios para la gestión de las emergencias. |
Anexo II. Formularios para la gestión de emergencias. |
Anexo 3 Planos. |
Anexo III. Planos. |
Anexo 4 Fichas de actuación. |
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*Existen dos tipos de Subíndices para los contenidos de los PAU de interés para la Protección Civil de Cataluña y para los PAU de interés para la protección civil local.
Junto a esta nueva definición del Índice en el contenido mínimo de un PAU, hay otras diferencias y novedades. Próximamente en sucesivos artículos os vamos a ir desgranando los contenidos de esta nueva reglamentación de Catalunya, para que así todos podáis saber más sobre ella, juntamente con algunos ejemplos prácticos.
Esperamos que os paséis por nuestro blog y sobre todo, si os surge cualquier consulta al respecto no dudéis en llamarnos (686.20.68.84) y/o enviarnos un email a balag@balag-asesores.es.
Os atenderemos encantados.
Muchas gracias!
