Tras la publicación del Real Decreto (RD) 1299/2006, de 10 de Noviembre, por el que se aprueba el actual cuadro de enfermedades profesionales (EEPP) en el sistema de la Seguridad Social, asi como en los posteriores desarrollos normativos y reglamentarios que describen los mecanismos de declaración y transmisión, quedan establecidas las responsabilidades y funciones de cada uno de los agentes implicados en la gestión de las enfermedades profesionales, destacando la importancia de los médicos no sólo de las Mutuas sino también del Sistema Público de Salud y de los Servicios de Prevención de Riesgos laborales en el proceso de identificación, comunicación y declaración de estas patologías.
Para que ello sea posible, es necesario profundizar en el co- nocimiento de las EEPP por parte de los profesionales implicados, no sólo en sus aspectos clínicos, sino además, y ésta es la novedad, en aquellos otros que están en relación directa con los requisitos que se establecen para determinar la calificación de un proceso como enfermedad profesional. Todo ello exige al profesional un conocimiento del propio cuadro de EEPP, de las condi- ciones de trabajo del trabajador, de los periodos de exposición, de las condiciones individuales, etc.
Además, dado que son muchos los agentes implicados en este proceso, facultativos del Sistema Público de Salud, Mutuas, Servicios de Prevención, Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Unidades de salud laboral, autoridades sanitarias, etc., surge la necesidad de consensuar criterios en la sospecha, la identificación, el diagnóstico y la comunicación de casos, en los diferentes niveles en los que se organiza el sistema.
Con el objetivo principal de unificar estos criterios, de compartir experiencias y desarrollar una guía de ayuda para todos, un grupo de profesionales médicos de los ámbitos anteriormente mencionados, se propusieron trabajar juntos para, entre todos, elaborar este Documento de Consenso, cuyo ámbito de referencia es inicialmente la Comunidad de Madrid, pero también el resto de Comunidades Autónomas, si así se considera.
Se trata, en definitiva, de establecer unos criterios mínimos y comunes para la identificación de casos, el diagnóstico, la notificación y la declaración, de forma que exista mayor unidad de acción entre las instituciones y los profesionales implicados. Con ello se pretende facilitar el objetivo último que persigue el marco normativo de EEPP, que no es otro que, el de conocer aquellas condiciones laborales que puedan perjudicar la salud de los trabajadores, permitiendo a las administraciones, a las empresas, y a los propios trabajadores llevar a cabo políticas y medidas eficaces de prevención.
Para la elaboración de este manual se reunieron un gru- po de expertos, con una dilatada experiencia profesional en la propia Administración Autonómica, en las Mutuas de Accidentes de trabajo, en Salud Laboral y el INSS. A partir de este Equipo Editor y Coordinador del proyecto se crearon subgrupos de trabajo específicos para cada una de las siguientes especialidades: dermatología, infecciosas, neumología, oncolo- gía, traumatología, otorrinolaringología y toxicología, que han desarrollado los correspondientes capítulos.
En este manual, se han seleccionado sólo algunas de las enfermedades tratadas en el listado del Real Decreto, las más frecuentes y/o aquellas que pudieran suscitar mayor controversia o dificultad diagnóstica, estructurando cada una en los siguientes epígrafes:
— aspectos generales;
— anamnesis y exploración: breve descripción de síntomas y signos;
— pruebas diagnósticas: divididas en básicas, considerando como tales aquéllas que con carácter general resultan imprescindibles para la identificación y el diagnóstico, y especiales, cuyo propósito suele ser la confirmación diagnóstica cuando se precise, normalmente realizada por el especialista;
— criterios de asociación clínico-laboral: de exposición, de temporalidad, factores extralaborales y actividades profesionales;
— bibliografía.
Bajo este espíritu de colaboración, de ayuda, de compartir experiencias y como no, para intentar ofrecer un marco de referencia a todos aquellos profesionales que de una u otra manera desarrollan su trabajo en el ámbito de la salud laboral y las enfermedades profesionales, se pone a disposición esta guía. Si con ello se contribuye a facilitar en alguna medida el ya de por sí complicado trabajo de todos los compañeros que día a día ponen todo su empeño y todo su esfuerzo en cuidar de la salud de los trabajadores, utilizando para ello, de la mejor manera posible, unos recursos que la sociedad ha puesto en sus manos, en los centros de salud, en los centros asistenciales de las mutuas, en las Unidades Médicas del INSS, o en las propias inspecciones de los servicios autonómicos de salud, habremos cumplido nuestro objetivo y habrá merecido la pena.














