
COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y SINIESTRALIDAD LABORAL
Ya estamos terminando el año 2017 y resulta necesario analizar los datos de siniestralidad laboral pese a que no conoceremos los datos definitivos hasta bien entrados en el 2018. Aun así, ya disponemos del resumen de siniestralidad laboral del periodo de enero a octubre de este año del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y la verdad es que los datos no son para estar precisamente orgullosos.
Hasta octubre se han producido un total de 489.451 accidentes de trabajo de los que 423.598 son accidentes de trabajo con baja y 65.853 son accidentes in itinere. Con respecto a 2016 se ha producido una variación al alza de 5,5%. Hay muchas opiniones sobre los motivos que han provocado este aumento, desde el aumento de actividad y de población trabajadora, relajación en las medidas preventivas, situación de precariedad laboral, la subcontratación…
Si hablamos de la gravedad, tenemos que decir que 418 trabajadores han perdido la vida en ese periodo (23 más que en el 2016 para el mismo periodo), 3.172 han resultado gravemente heridos y se han producido 420.008 accidentes de trabajo leves.
Es obvio que los datos de siniestralidad laboral no son buenos y pese a los avances producidos en materia de prevención de riesgos laborales, aún tenemos mucho por hacer por parte de todos los agentes intervinientes; empresarios, trabajadores, Administración, Servicios de Prevención Ajenos (modalidad preferente en la mayoría de empresas españolas)
Hoy queremos hacernos eco de los datos de accidentes de trabajo con baja en jornada, por tipo de lugar donde se encontraba el trabajador accidentado. Considerando esta cuestión, se han producido un total de 19.847 accidentes de trabajo en jornada de trabajo en otro centro o lugar de trabajo distinto al habitual, de los que 19.450 han resultado ser leves, 359 han sido graves y 38 mortales.
En las estadísticas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, no se distingue si el trabajador accidentado pertenece a una contrata o a una Empresa de Trabajo Temporal (pese a que ese detalle sí aparece en el parte de accidente de trabajo) y además es posible que no se computen en esta categoría (otro centro de trabajo distinto al habitual) los accidentes de trabajo ocurridos cuando el trabajador perteneciente a una empresa está permanentemente desplazado en el centro de trabajo de un cliente (se considera centro de trabajo habitual en este caso) así como otras variaciones (modalidades de outsourcing….) por lo que estos datos pueden no ajustarse a la realidad.
Lo que si pone de manifiesto es la necesidad real de establecer medidas preventivas, de protección y coordinación eficaces que permitan reducir esta siniestralidad.
La subcontratación de actividades es cada vez más común para determinadas tareas (limpieza, mantenimiento, logística…) en un entorno competitivo y global y si bien es cierto que tiene ventajas para las empresas (flexibilidad, mejora del rendimiento, especialización en la actividad productiva principal, desarrollo estratégico, etc.) no es menos cierto que esa subcontratación y en definitiva externalización de servicios o actividades no puede ni debe menoscabar la seguridad y salud de los trabajadores.
Sin embargo, la realidad nos muestra que la seguridad y salud laboral es una de las grandes damnificadas cuando hablamos de subcontratación y externalización de actividades y ello obedece a múltiples causas; desconocimiento o falta de información sobre el centro de trabajo ajeno, realización de trabajos no rutinarios, falta de coordinación en las actuaciones preventivas, inadecuado o falta de control en los trabajos a realizar, cumplimiento meramente formal de las obligaciones preventivas de coordinación de actividades empresariales…
Ya referimos en el artículo Coordinación de actividades empresariales; prevención o burocratización, que la CAE ha sufrido una excesiva burocratización que limita muchas veces la realización de actividades preventivas verdaderamente eficaces encaminadas a la prevención de accidentes y que atienda los riesgos creados por las diferentes interacciones entre trabajos de diferentes organizaciones o por actividades incompatibles entre sí́.
Ahora que acaba el año resulta imprescindible plantearse unos objetivos preventivos ambiciosos en materia de coordinación de actividades empresariales que se ajusten a los objetivos del RD 171/2004, que sean capaces de controlar las interacciones entre las diferentes organizaciones y trabajos, capaces de adecuar los riesgos y medidas preventivas, en definitiva, que prevengan los accidentes de trabajo o en el peor de los casos los reduzcan.
Desde Construred pensamos que estos objetivos preventivos en CAE deben ser compartidos por todos; empresas principales, titulares del centro, contratistas y subcontratistas, trabajadores, servicios de prevención…Para facilitar el cumplimiento de esos objetivos ponemos a vuestra disposición nuestra plataforma de gestión para la Coordinación e Actividades Empresariales Sicondoc que contribuye a una gestión ágil, eficaz y eficiente de la documentación preventiva de empresas contratistas, subcontratistas y autónomos permitiendo centrar los esfuerzos en la PREVENCIÓN de los daños a la salud de los trabajadores con el fin de realizar actividades que realmente aportan valor a la CAE y a la PRL.
Todas las personas que formamos Construred y Sicondoc os deseamos unas Felices Fiestas y un Seguro y Saludable 2018.
Vosotros ¿Cómo pensáis que se puede reducir la siniestralidad en los supuestos de subcontratación y externalización de actividades? ¿Habéis desarrollado o implantado alguna medida que ha contribuido eficazmente a la prevención de accidentes en estos supuestos?
Os animamos a enriquecer este post con vuestros comentarios y experiencias.
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