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Un Comentario

  1. 1

    imalix

    Como siempre a los de PRL nos toca la peor parte junto con el empresario:

    Me surgen algunas cuestiones como:

    ¿tiene el trabajador que habilitar una zona en su caso para el teletrabajo? y si trabaja en el salón de su casa ¿qué hacemos?

    ¿Qué hacemos con aquellos trabajadores que no autoricen el acceso a su vivienda?

    Y más aún quién se hace cargo económicamente de la Planificación de la acción preventiva

    ¿Se considera a efectos de este real decreto la vivienda lugar de trabajo? ¿tendría que cumplir el 486?

    ¿Qué opináis?
    Gracias

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