
El Juzgado de lo Social número 12 de Madrid ha condenado a una empresa a indemnizar con 55.000 euros a un técnico de la misma que sufrió acoso laboral “mobbing” por parte del propietario tras denunciar que se incumplía la legislación medioambiental y la normativa de prevención de riesgos laborales, así como al pago de 134.706 euros en concepto de indemnización derivada de la extinción a instancia de trabajador.
El trabajador, ingeniero de minas y director facultativo de la compañía, presentó varios informes internos en los que daba cuenta de irregularidades en el cumplimiento de la normativa de Minas, Medio Ambiente y de Prevención de Riesgos Laborales. A partir de este momento, la empresa le impidió visitar la explotación minera, que estaba en Guadalajara, y le apercibió por bajo rendimiento en su trabajo.
Posteriormente tras ser elegido delegado de Personal y delegado de Prevención, momento en que elaboró distintos informes con irregularidades detectadas por él mismo y por un servicio de prevención ajeno, fue obligado a compartir un despacho con dos sobrinas del consejero delegado, lo que le impedía desarrollar con normalidad sus funciones de representante legal, y le retiraron la cuenta de correo electrónico.
El trabajador se encuentra en tratamiento psicológico, aquejado de trastorno adaptativo, y presenta síntomas depresivos asociados a estrés laboral.
A raíz de las denuncias, la Inspección de Trabajo levantó acta de infracción en dos ocasiones: La primera por ‘mobbing’, proponiendo la imposición de una sanción de 60.500 euros y la segunda, por incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, proponiendo una sanción de 53.275 euros.
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Imagen CC Por noyava