
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta a un trabajador del Hospital psiquiátrico de Zamudio por intromisión ilegítima en el honor de una médico a la que insultó con “extraordinaria dureza”.
La médico era la encargada de la prevención de riesgos laborales. El alto tribunal obliga al trabajador a indemnizarla con 6.000 euros, además de abstenerse en lo sucesivo de atentar contra su honor profesional y personal.
La conducta que dio origen a la demanda consistió en un correo electrónico para “destinatario abierto” remitido por un trabajador del mismo centro hospitalario. En el mensaje se refería a la demandante, integrante de la unidad básica de prevención de riesgos laborales del referido centro hospitalario, como “Dra. Mengele”.
Envió además un documento adjunto al citado correo, en el que, al hilo del resultado de una encuesta de satisfacción, en la que un 68% del personal rechazaba su labor, se calificaba a la demandante de “persona más despreciada del hospital”. El documento fue publicado en la edición digital del diario “Gara”. La Audiencia, a diferencia del Juzgado, sí apreció que dicha conducta era lesiva para el honor de la actora, lo que ahora el Supremo ratifica.