
Una funcionaria colombiana fue destituida e inhabilitada por diez años para ejercer cargo alguno por acoso laboral al tratar a sus subalternos con «términos soeces y discriminatorios».
Según el ente del control disciplinario del funcionariado colombiano, se demostró que Trujillo «incurrió en conductas constitutivas de acoso laboral».
Según la denuncia, «desde su ingreso a la dependencia la registradora se dirigía a los funcionarios con términos como «mongólicos, brutos, ignorantes, trogloditas, empíricos, hp (hijos de p…) y perros».
Añade la misma queja que «era permanente su trato discriminatorio y desconsiderado».
El procurador segundo delegado para la Vigilancia Administrativa, al resolver un recurso de apelación de la afectada, recordó que la ley de acoso laboral tiene por objeto «prevenir y sancionar conductas que causan menoscabo o detrimento y que afectan bienes jurídicos como la honra, la intimidad, la salud mental de los trabajadores».