
Propietario de empresa y jefe de seguridad son declarados culpables del delito contra los derechos de los trabajadores, así como por imprudencia laboral grave. El fiscal le impone una multa de 2.880€ y una indemnización de 180.000 euros por el accidente que amputó la mano derecha de la víctima.
El accidente laboral ocurrió el 12 de diciembre de 2011, en una nave industrial de Cornellà, cuando el peón, sin contrato laboral ni formación en prevención de riesgos laborales des de su incorporación en la compañía, introdujo su brazo en una máquina de ignifugación con el fin de limpiarla.
El Juzgado Penal número 22 de Barcelona considera que el empresario es culpable de no garantizar la seguridad del trabajador a su cargo, permitiendo que el trabajador manipulara la máquina desconociendo los riesgos que conllevaba la utilización del equipo de trabajo.
El empresario aceptó ser autor de un delito contra los derechos de los trabajadores a cambio de una rebaja de la pena. En la resolución, la juez accede a sustituir la pena de cárcel por el pago de una multa de 2.880 euros. Según la fiscalía, el condenado permitió que el trabajador accidentado desempeñara su actividad laboral sin el debido control sobre las condiciones en las que se realizaba el trabajo, incumpliendo el deber de vigilancia e información al trabajador.
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