
La magistrada juez de lo Penal número 1 dictó este jueves una sentencia ‘in voce’, en firme, condenatoria por la muerte de un trabajador de una empresa que falleció en un accidente laboral en la empresa el día 30 de octubre de 2014
Las partes, esto es, Fiscalía, acusación particular y las defensas, manifestaron previamente su intención de no recurrir. La indemnización supera los 131.000 euros.
El empresario reconoció los hechos en los que se mezclaban la falta de protección de los empleados, la falta de rigor a la hora de la prevención de riesgos laborales y todo ello “en concurso ideal” con un delito de homicidio por imprudencia menos grave.
Otro trabajador, un encargado, fue absuelto ya que entre sus cometidos, cuando se produjeron los hechos, no figuraba la prevención de riesgos laborales.
Son varias penas por delitos relacionados con la falta de prevención de riesgos laborales que condujeron a la muerte de J.P., a las 14.20 horas del citado día.
Por un lado, el empresario, que reconoció los hechos, ha sido condenado a dos meses y 29 días de prisión que han sido sustituido por cinco meses y veintiocho días de multa, a razón de dos euros diarios por la cuestión de inobservancia de la prevención de riesgos.
Además, en relación a vulneración de los derechos de los trabajadores también se le ha impuesto una multa de tres meses, a razón de dos euros diarios. Finalmente, por homicidio por imprudencia menos grave, la pena es de una multa de dos euros diarios.