
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en el contexto de la emergencia de salud pública derivada de la extensión del coronavirus, está recibiendo consultas, tanto de ciudadanos como de empresas y otros sujetos obligados al cumplimiento de la normativa de protección de datos sobre el tratamiento de datos personales relativos a la salud. Estas FAQ tratan de dar respuesta a las preguntas más frecuentes que se han recibido.
¿Pueden los empresarios tratar la información de si las personas trabajadoras están infectadas del coronavirus?
¿Pueden transmitir esa información al personal de la empresa?
¿Se puede pedir a las personas trabajadoras y visitantes ajenos a la empresa datos sobre países que hayan visitado anteriormente, o si presentan sintomatología relacionada con el coronavirus?
¿Se pueden tratar los datos de salud de las personas trabajadoras relacionados con el coronavirus?
En caso de cuarentena preventiva o estar afectado por el coronavirus, ¿el trabajador tiene obligación de informar a su empleador de esta circunstancia?
¿El personal de seguridad puede tomar la temperatura a los trabajadores con el fin de detectar casos coronavirus?
