InicioActualidadCovid-19: Protocolo en caso de empleados contagiados. Contactos estrechos y casuales

Covid-19: Protocolo en caso de empleados contagiados. Contactos estrechos y casuales

covid-19COVID-19: PROTOCOLO EN CASO DE EMPLEADOS CONTAGIADOS. CONTACTOS ESTRECHOS Y CONTACTOS CASUALES.

¿QUE HACER SI ALGÚN EMPLEADO DE MI EMPRESA HA SIDO DIAGNOSTICADO DE COVID-19? ¿Y CON SUS COMPAÑEROS DE TRABAJO?

En este caso, una vez el diagnóstico sea confirmado por los médicos y las autoridades de salud pública, la empresa deberá:

  • Tramitar la baja laboral de ese empleado a través de la SS, como cualquier baja de IT.
  • Asegurarse que el trabajador informa a las autoridades sanitarias  de su enfermedad (en el caso que se hubiera diagnosticado de modo privado, fuera del servicio público de salud)
  • A partir de ese momento ese trabajador no podrá acceder a la empresa hasta que se lo autoricen los médicos dándole el alta.
  • Reforzar inmediatamente las medidas de prevención generales de LA EMPRESA. Especialmente importante será la limpieza de todas las superficies metálicas y plásticas que hubiera en la empresa, y sobretodo aquellas con las que el empleado infectado hubiera estado en proximidad.
  • Reforzar inmediatamente las medidas de prevención del propio EMPLEADO en la empresa.
  • Determinar entre el conjunto de empleados (incluyendo subcontratas y visitas) de la empresa cuales se pueden considerar:
    • CONTACTOS ESTRECHOS (definición):
      • Persona asintomática que haya proporcionado cuidados a un infectado o probable contagiado mientras ese caso presentaba síntomas.
      • Quien haya estado en el mismo lugar que un caso probable o confirmado mientras el caso presentaba síntomas, a una distancia menor de 2 metros (compañeros de trabajo, visitas, etc..)
      • Personas que hayan compartido el mismo espacio cerrado (despacho, sala, recinto deportivo, espectáculo, avión, etc..) con una persona contagiada o probable durante más de 15 minutos seguidos mientras el caso presentara síntomas. En el caso de aviones también la tripulación.
    • CONTACTOS CASUALES (definición):
      • Cualquier otra persona que haya estado compartiendo espacio cerrado con un caso mientras era sintomático, pero que no cumplan con los criterios de ser “CONTACTO ESTRECHO”
    • OTROS CASOS:
      • Aquellos casos especiales, asintomáticos, cuya casuistica no pueda considerarse ni “contacto estrecho” ni “contacto casual”.

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