
Aunque todavía las organizaciones no están obligadas a contar con un Plan de Movilidad, éste puede ser de gran utilidad para reducir los accidentes laborales de tráfico.
Según apunta el último Informe de accidentes laborales de tráfico, en 2016 se registraron un total de 566.235 accidentes de trabajo con baja, de los cuales 64.737 fueron accidentes de tráfico, llamados accidentes laborales de tráfico (ALT) que representan un 11,4% del total de accidentes de trabajo. Mientras los accidentes de trabajo se han reducido en un 42,9% en los últimos 10 años, los provocados por accidentes de tráfico solo lo han hecho en un 22,5%
Estos datos demuestran que la evaluación de riesgos no es suficiente. En general, en estas no se va más allá de identificar el accidente de tráfico (“in itinere” o “in misión”) como riesgo por el hecho de ir o volver al trabajo en vehículo o realizar tareas dentro de la jornada de trabajo con este, ya sea propiedad de la empresa o particular, y como consecuencia de ello establecer medidas de información y, en algunos casos, de formación teórica en la planificación de la prevención.
Debemos profundizar más allá en los factores de riesgos y sobre todo en las medidas a planificar, y para ello nos puede ayudar un Plan de Movilidad y Seguridad Vial, que si bien a día de hoy no hay un criterio legal que obligue a las empresas a realizarlos, su enfoque, dirigido a minimizar el riesgo de los accidentes laborales de tráfico, ayuda a cumplir los principios de la acción preventiva recogidos en la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales.