Los empleados cuyas tareas asignadas incluyan actividades tales como instalar, realizar el mantenimiento, inspeccionar, utilizar equipos o realizar procesos tienen la obligación de bloquear y etiquetar el equipo. El trabajador que realice el bloqueo y etiquetado debe haber recibido una capacitación para ser empleado autorizado a realizar procedimientos de bloqueo y etiquetado y debe seguir los procedimientos específicos de la máquina.
Como norma general, cuando un trabajador ha bloqueado un equipo, debe custodiar la llave del candado (o candados) que ha usado para bloquear, de forma que nadie pueda retirarlo/s y conectar el equipo. En el caso que otro trabajador decida realizar otra tarea en el equipo, debe bloquear el equipo colocando su propio candado y guardar la llave, de forma que ambos trabajadores se aseguren de que el equipo no pueda ponerse en marcha. Si el primer trabajador termina la operación y retira sus candados, el segundo trabajador seguirá estando protegido. De este modo, un bloqueo o una etiqueta de peligro únicamente pueden ser retirados por la persona que los instaló. Cuando cualquiera de los dos elementos se encuentre en un equipo, ese equipo no podrá usarse hasta la retirada de los mismos.
LOTO para contratistas externos
Asimismo, es clave que el personal de servicio o los contratistas externos y el personal de la compañía estén al tanto de sus respectivos programas de bloqueo y etiquetado. El responsable de mantenimiento será el encargado de coordinar la colocación de los elementos de bloqueo para los contratistas. Los contratistas no podrán empezar tareas que requieran consignación sin que antes se les hayan consignado las fuentes de energía correspondientes.
El departamento de prevención de riesgos o seguridad deberá coordinar la formación de todo el personal de las empresas contratistas que realicen trabajos en los que intervengan energías peligrosas. Deberán conocer el procedimiento de bloqueo que aplica a sus trabajos. Asimismo, no podrán trabajar contratistas en la fábrica que no estén debidamente informados y formados en bloqueo y consignación.
Cambios de turno o del personal de los bloqueos
Algunas tareas de reparación y servicio técnico pueden requerir la incorporación o salida de personal de la misma o más que un solo turno para terminarse. Sin embargo, los bloqueos y las etiquetas de peligro deben permanecer en su lugar durante toda la tarea.
En el caso de la incorporación de nuevos trabajadores a la tarea, éstos deberán añadir sus candados a los bloqueos correspondientes. En el caso de la salida de trabajadores, éstos deberán retirar sus candados personales de los bloqueos. Para permitir un cambio de turno, el trabajador del turno de relevo debe instalar su candado en el dispositivo de bloqueo antes de que se retire el candado original. En ningún caso, un trabajador le entregará sus llaves al otro trabajador, debiendo ser bloqueado el equipo por sus respectivos candados.
Antes de que se trasfiera la tarea, todo el trabajo se debe detener hasta que se hayan verificado los bloqueos. La persona o quien haya sido designado del grupo debe verificar que los nuevos bloqueos estén correctamente instalados y etiquetados y que el equipo bloqueado no vaya a funcionar. Después de que todos los bloqueos hayan sido verificados, la tarea puede transferirse al nuevo trabajador o al nuevo equipo de trabajo.
En caso que no coincidan en el cambio de turno y la máquina tuviese que quedar bloqueada, el bloqueo se realizaría con candados genéricos y las llaves se depositarán en la Estación LOTO. Se deberá dejar constancia de tal acción en el Registro de candados genéricos existente en la Estación LOTO. En este caso, se colocará una etiqueta identificativa que acompañará a la llave depositada, donde se indicará la ubicación del candado.
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