
Repertorio de recomendaciones prácticas de la OIT
Los repertorios de recomendaciones prácticas de la OIT son instrumentos de referencia que establecen una serie de principios que pueden utilizarse para la elaboración y aplicación de políticas, estrategias, programas, leyes, medidas administrativas y mecanismos de diálogo social en determinados sectores económicos o grupos de sectores. Los repertorios de recomendaciones prácticas de ámbito sectorial son adoptados en reuniones de expertos, en las que participan representantes de los gobiernos, de los empleadores y de los trabajadores. Pueden aplicarse de manera progresiva, a fin de tomar en consideración los diferentes contextos nacionales, culturales, sociales, económicos, medioambientales y políticos.
Estos repertorios se basan en las normas internacionales del trabajo de la OIT (convenios y recomendaciones) y otras fuentes, entre ellas las declaraciones, los códigos de conducta y otras orientaciones de política adoptados y aprobados por la Conferencia Internacional del Trabajo o el Consejo de Administración de la OIT. También se basan en otros acuerdos y políticas internacionales del sector pertinente, así como en las tendencias y novedades recientes de la legislación y la práctica regionales y nacionales.
Los repertorios de recomendaciones prácticas de ámbito sectorial se centran en cuestiones que los gobiernos, los empleadores y los trabajadores consideran prioritarias con respecto a determinados sectores económicos e industrias. Por lo habitual, las normas internacionales del trabajo abordan principios más generales de la legislación y la práctica laborales, en tanto que los repertorios de recomendaciones prácticas concretan los principios y procesos que cabe aplicar para promover el trabajo decente en determinados entornos o lugares de trabajo. Estos repertorios se nutren de la experiencia y las competencias de los profesionales de los sectores pertinentes para identificar buenas prácticas e innovaciones sectoriales.
Los repertorios de recomendaciones prácticas de ámbito sectorial no son jurídicamente vinculantes, no se someten a ratificación ni están subordinados a los mecanismos de control constituidos en virtud de las normas internacionales del trabajo de la OIT. Por tanto, pueden tener un alcance más ambicioso, y desarrollar los principios establecidos en las normas internacionales del trabajo y otros acuerdos y políticas internacionales, y al mismo tiempo adaptarse a distintos sistemas y circunstancias nacionales. Las normas de la OIT y otros instrumentos u orientaciones adoptados y aprobados por la Conferencia Internacional del Trabajo o el Consejo de Administración conforman la base que desarrollan los repertorios de recomendaciones prácticas de ámbito sectorial. Queda entendido, por consiguiente, que estos últimos se basan en el acervo de principios, derechos y obligaciones establecidos en las normas internacionales del trabajo y que ninguna de sus disposiciones puede interpretarse de forma que suponga un menoscabo de dichas normas.