
Para lograr una efectiva integración de la prevención en el sistema de gestión de la empresa, se considera imprescindible que la Dirección asuma su responsabilidad general en materia de prevención y actúe en consecuencia haciendo asumir las suyas a los componentes del siguiente escalón jerárquico de la empresa, para que éstos hagan lo propio y la necesidad de integrar la prevención en todos los niveles de la misma se establezca y promueva “de arriba abajo, en cascada”. Resulta evidente que esta condición no se cumple cuando el empresario o alguno de los directivos concernidos manifiesta que “la prevención es (sólo) responsabilidad del Servicio de Prevención”.
Por otra parte, que el Servicio de prevención tenga la capacidad y voluntad de asesorar al empresario en relación con la integración de la prevención es condición necesaria pero no suficiente para que tal integración se produzca. Es imprescindible que la Dirección asuma y haga asumir a las distintas Unidades de la empresa el papel que juega el Servicio de Prevención a este respecto, de forma que éstas comprendan la necesidad, acepten y, en su caso, soliciten dicho asesoramiento y le informen, además, de todas circunstancias que requieran su conocimiento o intervención. Es obvio que no se cumple esta condición si los responsables de dichas Unidades consideran al Servicio de prevención como un potencial foco de perturbación del proceso productivo, cuyas sugerencias están dispuestos a atender siempre que “no interfieran con el trabajo”.
Cuando se establecen a nivel de la Dirección, las “directrices de prevención” estas se deber recoger en la política preventiva de la empresa. Como no puede ser menos, los objetivos y principios de esta política son –como mínimo- los fijados en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en particular en sus artículos 14 y 15. La conveniencia de un mayor o menor grado de formalización de la política preventiva, tanto en relación con su plasmación documental como en cuanto a su forma de divulgación, dependen de las características de la empresa y, en particular, de su tamaño y de la peligrosidad de sus actividades. Que la política de la empresa se establezca por escrito, tal como la reglamentación establece, que la Dirección vele por su aplicación y que, en particular, adopte un compromiso visible en favor de la integración de la prevención en el sistema general de gestión de la empresa contribuye decisiva- mente a que la integración se asuma efectivamente a todos los niveles y en cualquier actividad.














