A propósito del control del absentismo y la labor inspectora médica del INSS1,2, a quién la norma sobre la incapacidad temporal, en contingencia común, le otorga una capacidad decisoria que se sobrepone a las consideraciones de la inspección médica de las comunidades autónomas, las propuestas de las mutuas y las bajas controladas desde atención primaria.
Si observamos los titulares de las noticias sobre el absentismo, sobre las bajas, pareciera que la inspección médica del INSS sólo es necesaria a efectos de rentabilidad en el control del gasto y esto sólo a los efectos del gasto en incapacidad temporal, ya que el gasto en incapacidad permanente pareciera se asume como un derecho obligado, como una realidad incuestionable, aunque de enormes consecuencias definitivas para el sistema productivo.
Así las cosas, la calidad del trabajo de la inspección médica pareciera un bien superfluo que a nadie le importa ni a la opinión pública, ni a la administración, ni al administrado salvo en lo que afecte económicamente.
El número de actuaciones inspectoras si que importa, la cantidad sí que importa, pero no a los efectos de mejor control o más actuaciones inspectoras sino sólo a los efectos de dar salida lo más pronto posible a la demanda de prestaciones del ciudadano a resolver o cualquier informe médico inspector requerido con obligación de respuesta en plazo, y que además estas actuaciones se resuelvan lo más inmediato posible; la calidad no parece importar, ni las decisiones tampoco.
La inspección médica es garante de los derechos del ciudadano, lo que es distinto a que se pretenda tener derecho de forma gratuita, graciosa o benevolente a la incapacidad laboral, sino es cumpliendo los requisitos legales para ello establecidos, comenzando por cumplir con el concepto de incapacidad laboral y estar en esa situación; pero tampoco puede considerarse a la inspección médica como recortadora de prestaciones a costa de actuar reduciendo el absentismo por incapacidad temporal dando altas cuando no proceda.
A la postre, el objetivo, la finalidad encomendada al trabajo de la inspección médica dista un infinito del valor en calidad, tanto como la lirica del sentido o del propósito del inspector médico a la prosa de la labor inspectora que se le exige en la práctica.
Tal vez por todo ello el calendario de huelgas llevadas a cabo por este colectivo, reclamando mejora en las condiciones de trabajo y poder trabajar con independencia y en calidad, garantizando los derechos del ciudadano.
Y, entonces ¿cuál es el objetivo, la finalidad de la labor inspectora?
La respuesta está sonando en el viento. Hay que abrir el debate, precisar qué es lo discutible, dónde está realmente el problema en las bajas; y la respuesta está sonado en el viento, pues no hay una decisión ni una respuesta firme por parte de la administración de la seguridad social ni de los poderes públicos; mientras tanto seguimos con la historia interminable de las bajas su control, controladores y controlados. Por lo demás, la incapacidad laboral es algo más que una cuestión económica3, es también una cuestión médica, y está sometida a múltiples variables4.
Y una conclusión: sin controladores, sin médicos inspectores adecuados en número, capacitación, competencias y medios sólo puede persistir el descontrol en la incapacidad temporal.
Bibliografía de referencia
1Vicente Pardo, José Manuel, & López-Guillén García, Araceli 19/1/24. Absentismo enfermedad, abuso, descontrol y mejoras
2Vicente Pardo, José Manuel, & López-Guillén García, Araceli Novedades en la incapacidad temporal que supera los 365 días
https://prevencionar.com/2023/07/04/novedades-en-la-incapacidad-temporal-que-supera-los-365-dias/
https://www.youtube.com/watch?v=W5hnjSJ29AM
3Vicente Pardo, José Manuel. (2018). La gestión de la incapacidad laboral algo más que una cuestión económica. Medicina y Seguridad del Trabajo, 64(251), 131-160.
http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0465-546X2018000200131&lng=es&tlng=es.
4Vicente Pardo, José Manuel, & López-Guillén García, Araceli. (2019). La incapacidad, indicador de salud laboral con alta variabilidad territorial. Medicina y Seguridad del Trabajo, 65(257), 261-284. Epub 22 de marzo de 2021.
http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0465-546X2019000400261&lng=es&tlng=es.














