
En su reciente libro “Trabajo y Suicidio”, aborda la compleja relación entre el entorno laboral y el suicidio. ¿Qué le llevó a investigar este tema y cuáles son los principales hallazgos de su estudio?
Varios factores me invitaron a tratar esta materia. La trascendencia del bien jurídico protegido, la propia vida humana en última instancia. La necesidad de una mayor y creciente investigación, pese a las serias ya preexistentes. El elemento laboral es trascendente en la causalidad del proceso suicida y no ha estado muy presente ni en el debate académico ni en la planificación pública. Y mi análisis constante de la prevención de riesgos laborales desde la Dirección de la Cátedra Prevención Cantabria, que evidenciaba una y otra vez la trascendencia de los riesgos psicosociales. Se trata, por otra parte, de una materia en la que ya me había adentrado, modestamente, con motivo del homenaje al Profesor Santiago González Ortega. Analicé en aquel momento algunos aspectos del ordenamiento jurídico japonés y otros más cercanos a nuestra realidad.
Todo lo aseverado en el curso de esta entrevista apunta hacia “hallazgos” de mi monografía. Algunos otros aspectos de mi estudio igualmente relevantes son: el análisis comparado de la negociación colectiva, con particular atención a la realidad francesa; la atención al acoso moral institucional; la llamada de atención sobre la importancia y olvido del estrés, en particular del crónico que es el burnout; el razonamiento de reducción al absurdo en la asunción de la multifactorialidad, etc,
El suicidio laboral es un fenómeno multifactorial. ¿Cuáles son los factores de riesgo psicosocial más determinantes que ha identificado en su investigación?
Desde el informe del Comité Mixto de la OIT y la OMS de 1984, pasando el Marco Europeo para la Gestión del Riesgo Psicosocial hasta llegar a nuestras Directrices del INSS, existe amplia documentación y análisis sobre los factores de riesgo psicosocial y su sistematización. Entre estos, en relación con el suicidio, la duración excesiva de la jornada, la falta de autonomía o, los déficits en el apoyo laboral o social basado en la comunicación (esto es, acercándolo a la realidad laboral, el aislamiento en la prestación de trabajo) son importantes a nuestros efectos. También las inadecuadas relaciones con terceros, particularmente en una economía terciarizada. Más allá del origen laboral, pero con innegable repercusión en el mundo del trabajo, la familia como factor de protección, y, en consecuencia, las crisis familiares son relevantes en esta multifactorialidad.
La salud mental en el trabajo ha cobrado mayor relevancia en los últimos años. ¿Considera que las empresas están suficientemente preparadas para abordar estos desafíos y prevenir situaciones extremas como el suicidio?
Es complejo conocer en profundidad la realidad empresarial de nuestro país. Cualquier realidad empresarial. Si tomamos como indicio el grado de concienciación y tratamiento evidenciado en la negociación colectiva, es dable pensar que no. El tratamiento en ésta del suicidio es pobre y todavía, en casos, limitado a una concepción negativa a efectos de exclusión de la seguridad social complementaria, en particular cuando el hecho causante de la prestación acaece con proximidad temporal a la contratación. Por otra parte, si bien es cierto que es difícil pensar en las PYMES -que concentran las prestaciones de trabajo en nuestro país- cuando hablamos de la existencia de unidades de crisis, integradoras de distintos perfiles profesionales y orgánicos (psicólogos, técnicos de prevención, etc.), tampoco estas unidades parecen estar presentes con carácter ordinario en el organigrama empresarial. O, cuanto menos, en el discurso de los medios de comunicación social que nos acercan a aquella realidad interna.
Desde el ámbito jurídico, ¿cómo se aborda la responsabilidad de las empresas en casos de suicidio laboral? ¿Existen precedentes legales en España que sienten jurisprudencia al respecto? Más allá del giro copernicano visible en nuestro Tribunal Supremo desde el año 2007 en relación con la concepción de la voluntariedad y consiguiente negativa a la calificación como profesional de la contingencia preexistente, orillada en líneas generales desde entonces, no se puede hablar de jurisprudencia en esta específica materia. Y aquella en realidad se proyecta sobre la misma pero no es relativa específicamente a esta.
Sí podemos hablar de doctrina judicial y de prácticas en el régimen probatorio relevantes. Así, son visibles: la importancia creciente de la autopsia psicológica, metodológicamente bien planteada, visible en el pronunciamiento de la Sala de lo Social del TSJ de Cantabria del año 2023; la necesidad de proceder, en todo caso, a una adecuada evaluación de los riesgos psicosociales, pronunciamiento del Tribunal Supremo del año 2023 sobre el ámbito judicial; o también la posible y elevada indemnización aparejada a un suicidio vinculado al trabajo, caso del reciente pronunciamiento del Juzgado de lo Social número 2 de Tarragona del año 2024, que además evidencia una ampliación en la práctica procesal de los cauces relacionados tradicionalmente con esta materia, como era los litigios vinculados al acoso laboral o relativos a la calificación de la contingencia.
La Cátedra Prevención Cantabria, que usted dirige, se centra en el fomento de la cultura preventiva. ¿Qué iniciativas destacaría en relación con la prevención de riesgos psicosociales y la promoción de la salud mental en el trabajo?
Si pensamos en iniciativas de la Cátedra se han organizado seminarios que han versado o incorporado el análisis del tratamiento jurídico de estos riesgos y de la salud mental. O incluido e impartido una específica Lección Magistral sobre el suicidio, entre otras acciones. Si pensamos en la Cátedra como atalaya desde la que observar nuestra realidad en el plano normativo, siempre más relevante por su carácter general, lo destacable son los diálogos abiertos. Amén de sobre la reducción de la jornada, los siguientes. Sobre la necesidad de una directiva europea en la materia, que posiblemente no vea la luz, no al menos a corto plazo. El debate habido en torno a la, parece, inminente reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y normativa de desarrollo, en particular, que no solo, si se plasma la disociación de psicosociología y ergonomía, lo que tendría relevantes consecuencias. Y, en relación con la salud mental, la materialización de la reforma relacionada con la reincorporación progresiva al trabajo, si finalmente incide, como parece, en la salud mental. Y ello sin perjuicio de otras medidas, como la creación del Comisionado de Salud Mental, que pueden también favorecer sinergias en esta materia. No olvidar, por supuesto, a nivel de planificación, los distintos planes estatales y autonómicos de prevención y detección precoz de la conducta suicida. Y, por supuesto, la insuficiente pero creciente atención de los riesgos psicosociales en la negociación colectiva. Existen, claro está, iniciativas más localizadas, al margen de estos referentes generales, de gran interés.
En su opinión, ¿qué papel juegan los sindicatos y las organizaciones de trabajadores en la detección y prevención de riesgos psicosociales que puedan conducir al suicidio?
Vital, en particular, mediante una adecuada orientación de la negociación colectiva en su tratamiento; la verdadera y profunda integración de este componente en la prevención de riesgos en la empresa; y la mejora de su evaluación. Y, también, por su incidencia en la comunicación colectiva relacionada con el suicidio.
La formación de los profesionales de la prevención es crucial. ¿Qué competencias considera esenciales para que puedan identificar y gestionar eficazmente los riesgos psicosociales en las empresas?
Desde luego el conocimiento de esta materia es punto de partida relevante pero los estudios apuntan a la importancia, cara a su gestión, son fundamentales competencias blandas (soft skills), en particular en comunicación y resolución de conflictos. Todo ello partiendo de una necesaria protocolización. El orden y los tiempos preventivos, ante una crisis suicida y en la posvencion, son esenciales.
Durante el V Congreso Internacional Prevencionar, presentará su libro “Trabajo y Suicidio”. ¿Qué mensaje principal desea transmitir a los asistentes sobre la importancia de abordar este tema en el ámbito laboral?
Quizás pueda destacar tres. Sin perjuicio de recalar en innumerables aspectos, como los ya advertidos. El trabajo es, naturalmente, fuente de salud, pero también está presente en la causalidad del suicidio. La necesidad de mejorar los registros de datos, en contenido, digitalización e interrelación. Y la urgencia en recuperar la comunicación en el mundo del trabajo, existiendo distintos mecanismos para ello. En particular en el mundo digitalizado del teletrabajo.
La pandemia de COVID-19 ha alterado significativamente las dinámicas laborales. ¿Ha observado un incremento en los factores de riesgo psicosocial asociados al teletrabajo o a la incertidumbre laboral derivada de la crisis sanitaria?
Si bien mi estudio no incorpora metodológicamente técnicas de investigación social, más allá de reflejar resultados de otros estudios, las distintas crisis, desde la de 1929, la financiera del 2007 y sucesivos años y la del COVID-19 han evidenciado el carácter anticíclico del suicidio, cuyas tasas se incrementan durante las recesiones y mejoran, descienden, en las fases expansionistas. A mejor situación económica menos suicidios. El teletrabajo incrementa el aislamiento, factor de riesgo relevante. Es preciso pensar, por ejemplo, en favorecer la coincidencia de los trabajadores en la fase presencial de sus prestaciones híbridas.
Finalmente, ¿qué recomendaciones prácticas ofrecería a las empresas para crear entornos de trabajo que promuevan el bienestar mental y prevengan situaciones extremas como el suicidio?
Partiendo de una mayor concienciación, deseable para todos los actores, públicos y privados, políticas de empresa que favorezcan la protocolización del tratamiento del suicidio, prestando atención al fortalecimiento de los factores de protección, en particular, mejorar la comunicación de los trabajadores con sistemas de apoyo, si posible. Y, también, prestando atención a los factores de riesgo, naturalmente. Diseñar como parte de estas políticas y en sintonía con la planificación pública y protocolos existentes una línea de intervención que parta de la constitución, integradora en el perfil, de unidades de crisis, coordinadas en lo posible por un especialista en salud mental. Son algunas, entre las posibles, vías de reflexión.
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