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La Ley de Movilidad Sostenible y su impacto en las empresas: implicaciones para la Prevención de Riesgos Laborales

Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible

Autor: Jesús Gómez Ramos – Gerente – Prevensis

La reciente aprobación de la Ley de Movilidad Sostenible introduce novedades relevantes para las empresas en materia de organización de los desplazamientos al trabajo. Aunque el debate público ha puesto el foco principalmente en aspectos ambientales y de planificación del transporte, la norma incorpora elementos que afectan directamente a la seguridad y salud laboral, y que conviene analizar desde la óptica de la Prevención de Riesgos Laborales (PRL).

En particular, la ley establece la obligación de elaborar Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo para determinadas empresas, lo que supone un cambio significativo en la gestión de los desplazamientos laborales y su integración en los sistemas preventivos.

¿Qué empresas están obligadas?

El artículo 26 de la Ley de Movilidad Sostenible establece que las empresas con más de 200 personas trabajadoras por centro de trabajo, o más de 100 personas por turno, deberán disponer de un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo para dichos centros y turnos.

La norma fija un plazo máximo de 24 meses desde su entrada en vigor para contar con el plan terminado e implantado, lo que sitúa la fecha límite en noviembre de 2027. Se trata, por tanto, de una obligación legal concreta para un grupo definido de empresas, con un calendario claramente establecido.

Contenido mínimo del Plan de Movilidad

La ley no se limita a exigir la existencia formal del plan, sino que define un contenido mínimo obligatorio. Entre otros aspectos, el Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo debe incluir:

  • Un diagnóstico de los desplazamientos de la plantilla, que analice origen y destino de los trayectos, medios de transporte utilizados, horarios, flujos y condiciones de acceso a los centros de trabajo.
  • Un conjunto de medidas orientadas a fomentar una movilidad más sostenible y segura, adaptadas a la realidad de cada organización.
  • Un sistema de seguimiento y evaluación, con indicadores que permitan medir el grado de implantación y eficacia de las medidas adoptadas.

Este enfoque obliga a las empresas a recopilar y analizar datos que, en muchos casos, no formaban parte habitual de la gestión preventiva.

Relación entre movilidad y Prevención de Riesgos Laborales

Desde la perspectiva de la PRL, la incorporación de los Planes de Movilidad supone un avance relevante. Los desplazamientos al trabajo —tanto in itinere como en misión— constituyen una de las principales fuentes de siniestralidad laboral grave y mortal, y su gestión preventiva ha sido tradicionalmente compleja.

La ley refuerza la idea de que la movilidad forma parte del entorno de riesgo de la empresa y debe abordarse con un enfoque sistemático. Integrar el Plan de Movilidad en el sistema de prevención implica:

  • Analizar los riesgos asociados a los trayectos habituales de la plantilla.
  • Evaluar las condiciones de acceso a los centros de trabajo.
  • Incorporar la seguridad vial laboral dentro de la evaluación de riesgos.
  • Diseñar medidas que no solo actúen sobre infraestructuras, sino también sobre hábitos y comportamientos.

En este sentido, el papel de mandos intermedios y directivos resulta clave para garantizar la implantación efectiva de las medidas y su coherencia con la política preventiva de la empresa.

De la obligación legal a la gestión preventiva

Aunque el origen del Plan de Movilidad es normativo, su correcta aplicación puede aportar beneficios más allá del cumplimiento legal. Abordar este proceso con antelación permite a las empresas trabajar el diagnóstico con mayor rigor, planificar la implantación de medidas de forma progresiva y evitar soluciones improvisadas al final del plazo.

Algunas organizaciones especializadas en PRL, como Prevensis, vienen trabajando desde hace años la movilidad al trabajo como parte de la seguridad vial laboral, integrando diagnóstico técnico, diseño de medidas, formación y acompañamiento en la implantación. Este tipo de enfoques facilita que el Plan de Movilidad se convierta en una herramienta operativa, alineada con la cultura preventiva de la empresa.

Conclusión

La Ley de Movilidad Sostenible no introduce un riesgo nuevo, pero sí refuerza la obligación de gestionarlo. Para las empresas afectadas, el reto consiste en integrar la movilidad al trabajo dentro de sus sistemas de PRL con el mismo rigor técnico aplicado a otros riesgos laborales.

Planificar con tiempo, basarse en datos y vincular las medidas a la estrategia preventiva permitirá que el cumplimiento de la ley contribuya, de forma efectiva, a mejorar la seguridad y la salud de las personas trabajadoras.

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