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España, condenada por violar el derecho de una madre a la jornada reducida

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dado un espaldarazo al derecho de las madres a reducir la jornada laboral para cuidar a sus hijos. La institución, con sede en Estrasburgo, da la razón a una mujer que llegó a pedir amparo al Tribunal Constitucional porque el supermercado en el que trabajaba a tiempo completo no aceptó la propuesta de reducción de jornada que ella presentó para encargarse de su hijo, menor de seis años. El Estado deberá ahora indemnizarla con 16.000 euros más intereses de demora.

El caso se remonta a febrero de 2003, cuando la trabajadora Raquel García Mateos, residente en la localidad madrileña de Perales del Río, pidió trabajar media jornada, distribuida en tres tardes a la semana, de lunes a miércoles, para conciliar su vida laboral y familiar. El empleador, cuya identidad no facilita la sentencia, rechazó concederle ese turno y en su lugar le ofreció rotación de mañanas y de tardes, de lunes a sábado. García Mateos decidió entonces acudir a los tribunales. UGT ha informado hoy de que sus servicios jurídicos asistieron a la trabajadora en su reclamación contra el supermercado Alcampo.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos respalda la queja de la demandante y obliga al Gobierno español, como responsable último de que no se haya aplicado correctamente la decisión del Tribunal Constitucional, a indemnizar a la mujer. “El Tribunal recuerda que el Estado debe poner a disposición de los demandantes un sistema que permita lograr la ejecución correcta de las decisiones judiciales”, asegura la sentencia. Además, añade que la intención inicial de García Mateos no fue obtener una indemnización, sino ejercer su derecho a la reducción de jornada, pero nunca pudo verlo realizado. La violación del derecho constitucional no ha podido ser reparada por la justicia española, concluye.

El tribunal, no obstante, rebaja sensiblemente la cantidad reclamada por la mujer, hasta 16.000 euros, y obliga al Gobierno a abonarla en tres meses. La decisión es recurrible ante la gran sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Mas info: El Pais

Imagen CC Por Cia de Foto
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