
La sala cuarta de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que rechaza la pretensión de CEOE de dejar sin efecto la ampliación del plazo de los contratos con las mutuas que había dictado el año pasado el Ministerio de Trabajo. La ampliación del plazo es excepcional y única afectando tanto a los convenios suscritos a partir de la entrada en vigor del decreto como a los que estuvieran en vigor en dicha fecha.
El Ministerio de Trabajo justificaba estaba medida para dotar de estabilidad al sector de las mutuas hasta que los procesos de concentración se encuentren debidamente consolidados, argumento que fue rechazado por CEOE que veía en esa ampliación a tres años un ataque a la libertad de contratación de las empresas con las mutuas que deseen.
Vía: CincoDias.com